Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA, 15 de Octubre de 2014, expediente FMZ 015475/2014/2/CA002

Fecha de Resolución15 de Octubre de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 15475/2014/2/CA2 Mendoza, 15 de octubre de 2.014.

Y VISTOS:

Los presentes autos N° FMZ 15475/2014/2/CA2,

caratulados: “F C/ MARCOS, CARLOS DANIEL S/A

V. INF. LEY

23737.”, venidos del Juzgado Federal Nº 1 de Mendoza, a esta Sala “A”, en

virtud del recurso de apelación deducido a fs. sub. 21/24 por el Sr. Defensor

Público Oficial adhoc, contra de la resolución de fs. sub. 16/19, la que

seguidamente se transcribe: “1.… 2. DICTAR EL PROCESAMIENTO

CON PRISION PREVENTIVA de C.

(…) por resultar autor penalmente responsable del hecho en presunta

infracción al art. 5 inc. c) de la ley 23.737 en la modalidad de tenencia de

estupefacientes con fines de comercialización, por el que fuera oportunamente

indagado en estos obrados (arts. 306 y 312 C.P.P.N.).3.… 4.… 5.…”.

Y CONSIDERANDO:

I. Que, contra la resolución obrante a fs. sub. 16/19,

la Defensa del imputado deduce recurso de apelación a fs. sub. 34/39.

Que, elevado el expediente a la Alzada, el defensor

presenta ante esta Cámara informe por escrito, a fs. 34/39, donde luego de

hacer un breve relato de los hechos de la causa refuerza los argumentos

expuestos al interponer el recurso de apelación.

Se agravia, además, “porque el acta de allanamiento

carece de fundamentación por lo que adolece del defecto de nulidad. De la

misma surge que el objeto del allanamiento al domicilio de su asistido era “…

lograr el secuestro de elementos debidamente denunciados como sustraídos

en diferentes hechos delictivos y cualquier tipo de arma de fuego…”. Que el

allanamiento estaba destinado a obtener el secuestro de elementos vinculados

a la tenencia de armas de fuego, siendo excesivo el accionar que tuvo el

personal policial.

Subsidiariamente, solicitó la recalificación de la

imputación atribuida a su pupilo, a los fines que teniendo en cuenta la poca

cantidad de sustancia estupefaciente secuestrada, se encuadre en la primera

Fecha de firma: 15/10/2014 Firmado por: J.A.G.M. Firmado por: H.F. CORTES Firmado por: C.A.P. Firmado por: R.H.M. Firmado(ante mi) por: R.H. MARINO parte del art. 14 de la ley 23.737. Finalmente cuestionó como excesivo el

embargo dispuesto.

En consecuencia, solicita que se haga lugar al recurso

de apelación impetrado declarando la nulidad de todo lo actuado y se

disponga, en consecuencia, el sobreseimiento de su defendido.

Subsidiariamente, peticiona el cambio de calificación a tenencia para consumo

personal (art. 14, segundo párrafo, de la Ley 23737).

A fs. sub. 32/33 y vta. el Sr. Fiscal General S.

ante esta Cámara presenta informe escrito, apuntalando el rechazo del recurso

planteado y la confirmación de la resolución recurrida, cuyos fundamentos

damos aquí por reproducidos brevitatis causae.

II. Que analizadas las constancias de la causa, y los

argumentos esgrimidos tanto por la Defensa, como por el representante del

Ministerio Publico Fiscal, adelantamos desde ya nuestra opinión en el sentido

de no hacer lugar al remedio procesal incoado, por las argumentaciones que a

continuación se exponen.

A su turno, el representante del Ministerio Público

Fiscal, luego de un breve resumen de los antecedentes de la causa, expone los

argumentos por los que considera que no debe hacerse lugar a la nulidad

planteada, a los que se remite en honor a la brevedad.

III Que analizadas las constancias de la causa, y los

argumentos esgrimidos tanto por la Defensa, como por el representante del

Ministerio Publico Fiscal, adelantamos desde ya nuestra opinión en el sentido

de no hacer lugar al remedio procesal incoado, por las argumentaciones que a

continuación se exponen.

La presente causa se inicia a partir de la orden de

allanamiento emanada la Dra. Pietrasanta en su carácter de Titular del

Segundo Juzgado de Garantías de la Tercera Circunscripción Judicial de la

Provincia de Mendoza, la misma recae sobre el inmueble ubicado en la quinta

calle hacia el oeste desde calle Los Cerezos, tercer lote, B.. Al

momento de ingresar a la vivienda mencionada, fueron atendidos por el

imputado, y requisado el lugar, los oficiales actuantes, observaron la presencia

de elementos presuntamente constitutivos de un delito previsto por la ley

Fecha de firma: 15/10/2014 Firmado por: J.A.G.M. Firmado por: H.F. CORTES Firmado por: C.A.P. Firmado por: R.H.M. Firmado(ante mi) por: R.H. MARINO Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 15475/2014/2/CA2 23.737. En particular sobre la mesa del comedor había un bolso de jean que en

su interior contenía un trozo de marihuana de 42 gramos. Asimismo, también

se secuestró un ladrillo de 942 gramos de esa misma sustancia, 11 cigarrillos

de marihuana y un paquete de papel para armar cigarrillos.

Con los elementos recolectados, el Sr. Juez Federal del

Juzgado Federal Nº1 de Mendoza, resolvió dictar auto de procesamiento y

prisión preventivo contra C., por la presunta comisión del

delito previsto en el art. 5° inc. c) de la Ley 23737, en la modalidad de

tenencia con fines de comercialización.

IV. Que ingresando al análisis de los agravios

expuestos por la Defensa recurrente, se advierte que los mismos se refieren a

dos cuestiones puntuales, por un lado, la nulidad del procedimiento policial

que contendría un acto ilícito de aprehensión de su defendido; y por otro lado

al encuadre legal otorgado a la conducta de C...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR