Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA, 15 de Octubre de 2014, expediente FMZ 015475/2014/2/CA002
Fecha de Resolución | 15 de Octubre de 2014 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 15475/2014/2/CA2 Mendoza, 15 de octubre de 2.014.
Y VISTOS:
Los presentes autos N° FMZ 15475/2014/2/CA2,
caratulados: “F C/ MARCOS, CARLOS DANIEL S/A
V. INF. LEY
23737.”, venidos del Juzgado Federal Nº 1 de Mendoza, a esta Sala “A”, en
virtud del recurso de apelación deducido a fs. sub. 21/24 por el Sr. Defensor
Público Oficial adhoc, contra de la resolución de fs. sub. 16/19, la que
seguidamente se transcribe: “1.… 2. DICTAR EL PROCESAMIENTO
CON PRISION PREVENTIVA de C.
(…) por resultar autor penalmente responsable del hecho en presunta
infracción al art. 5 inc. c) de la ley 23.737 en la modalidad de tenencia de
estupefacientes con fines de comercialización, por el que fuera oportunamente
indagado en estos obrados (arts. 306 y 312 C.P.P.N.).3.… 4.… 5.…”.
Y CONSIDERANDO:
I. Que, contra la resolución obrante a fs. sub. 16/19,
la Defensa del imputado deduce recurso de apelación a fs. sub. 34/39.
Que, elevado el expediente a la Alzada, el defensor
presenta ante esta Cámara informe por escrito, a fs. 34/39, donde luego de
hacer un breve relato de los hechos de la causa refuerza los argumentos
expuestos al interponer el recurso de apelación.
Se agravia, además, “porque el acta de allanamiento
carece de fundamentación por lo que adolece del defecto de nulidad. De la
misma surge que el objeto del allanamiento al domicilio de su asistido era “…
lograr el secuestro de elementos debidamente denunciados como sustraídos
en diferentes hechos delictivos y cualquier tipo de arma de fuego…”. Que el
allanamiento estaba destinado a obtener el secuestro de elementos vinculados
a la tenencia de armas de fuego, siendo excesivo el accionar que tuvo el
personal policial.
Subsidiariamente, solicitó la recalificación de la
imputación atribuida a su pupilo, a los fines que teniendo en cuenta la poca
cantidad de sustancia estupefaciente secuestrada, se encuadre en la primera
Fecha de firma: 15/10/2014 Firmado por: J.A.G.M. Firmado por: H.F. CORTES Firmado por: C.A.P. Firmado por: R.H.M. Firmado(ante mi) por: R.H. MARINO parte del art. 14 de la ley 23.737. Finalmente cuestionó como excesivo el
embargo dispuesto.
En consecuencia, solicita que se haga lugar al recurso
de apelación impetrado declarando la nulidad de todo lo actuado y se
disponga, en consecuencia, el sobreseimiento de su defendido.
Subsidiariamente, peticiona el cambio de calificación a tenencia para consumo
personal (art. 14, segundo párrafo, de la Ley 23737).
A fs. sub. 32/33 y vta. el Sr. Fiscal General S.
ante esta Cámara presenta informe escrito, apuntalando el rechazo del recurso
planteado y la confirmación de la resolución recurrida, cuyos fundamentos
damos aquí por reproducidos brevitatis causae.
II. Que analizadas las constancias de la causa, y los
argumentos esgrimidos tanto por la Defensa, como por el representante del
Ministerio Publico Fiscal, adelantamos desde ya nuestra opinión en el sentido
de no hacer lugar al remedio procesal incoado, por las argumentaciones que a
continuación se exponen.
A su turno, el representante del Ministerio Público
Fiscal, luego de un breve resumen de los antecedentes de la causa, expone los
argumentos por los que considera que no debe hacerse lugar a la nulidad
planteada, a los que se remite en honor a la brevedad.
III Que analizadas las constancias de la causa, y los
argumentos esgrimidos tanto por la Defensa, como por el representante del
Ministerio Publico Fiscal, adelantamos desde ya nuestra opinión en el sentido
de no hacer lugar al remedio procesal incoado, por las argumentaciones que a
continuación se exponen.
La presente causa se inicia a partir de la orden de
allanamiento emanada la Dra. Pietrasanta en su carácter de Titular del
Segundo Juzgado de Garantías de la Tercera Circunscripción Judicial de la
Provincia de Mendoza, la misma recae sobre el inmueble ubicado en la quinta
calle hacia el oeste desde calle Los Cerezos, tercer lote, B.. Al
momento de ingresar a la vivienda mencionada, fueron atendidos por el
imputado, y requisado el lugar, los oficiales actuantes, observaron la presencia
de elementos presuntamente constitutivos de un delito previsto por la ley
Fecha de firma: 15/10/2014 Firmado por: J.A.G.M. Firmado por: H.F. CORTES Firmado por: C.A.P. Firmado por: R.H.M. Firmado(ante mi) por: R.H. MARINO Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 15475/2014/2/CA2 23.737. En particular sobre la mesa del comedor había un bolso de jean que en
su interior contenía un trozo de marihuana de 42 gramos. Asimismo, también
se secuestró un ladrillo de 942 gramos de esa misma sustancia, 11 cigarrillos
de marihuana y un paquete de papel para armar cigarrillos.
Con los elementos recolectados, el Sr. Juez Federal del
Juzgado Federal Nº1 de Mendoza, resolvió dictar auto de procesamiento y
prisión preventivo contra C., por la presunta comisión del
delito previsto en el art. 5° inc. c) de la Ley 23737, en la modalidad de
tenencia con fines de comercialización.
IV. Que ingresando al análisis de los agravios
expuestos por la Defensa recurrente, se advierte que los mismos se refieren a
dos cuestiones puntuales, por un lado, la nulidad del procedimiento policial
que contendría un acto ilícito de aprehensión de su defendido; y por otro lado
al encuadre legal otorgado a la conducta de C...
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