Sentencia de SALA III, 25 de Noviembre de 2014, expediente CCF 000832/2010/CA001

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2014
EmisorSALA III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa nº 832/10/CA1 “Laboratorio LKM SA c/ Craveri SA s/ cese de oposición al registro de marca”

Buenos Aires, 25 de noviembre de 2014.

Y VISTOS: Para resolver el recurso de revocatoria interpuesto por la doctora A.C. a fs. 327/328, contra la providencia dictada a fs. 326 -puntos 3) y 4)-, cuyo traslado fue contestado a fs.

332/334vta., y CONSIDERANDO:

  1. La providencia dictada a fs. 326 dispuso en lo que aquí

    interesa: “3) Procédase al desglose de los escritos de “Contesta Expresión de Agravios” y “Evacúa traslado” por la Dra. A.C. a fs.

    310/313vta. y 321/321vta., resérveselos en Secretaría para su devolución a la presentante, dejándose constancia en autos” y “4) Téngase por contestado el traslado de la expresión de agravios presentada por los Dres. J.M.V. y J.B.V. a fs. 315/320”.

    La recurrente entiende que los puntos 3) y 4) contrarían seriamente el debido proceso, las normas sobre representación y mandato y el Código de Ética Profesional (CPACF).

    Sostiene -en síntesis- que las presentaciones desglosadas en el auto aludido, se realizaron bajo la plena vigencia del mandato conferido; que la revocación de la representación operó el 20.05.2014 (fue notificada el 19.05.14 mediante carta documento); que el desglose referido fue ordenado el 24.04.14; que la presentación de fs. 321/321vta. evacuó el traslado conferido que le fuera notificado mediante cédula electrónica. Finalmente pidió que se ordene glosar las piezas en cuestión (fs. 327/328).

    La parte actora -representada por los doctores V.-

    respondió el traslado conferido, solicitó el rechazo de la revocatoria interpuesta por la letrada y que se confirme la resolución del 30 de mayo de 2014, de acuerdo a los argumentos expuestos a fs. 332/334vta..

    Fecha de firma: 25/11/2014 Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

  2. Establecido lo anterior, y para una mejor comprensión de la cuestión planteada, cabe efectuar una reseña de los hechos acontecidos en la causa.

    1. Ante el traslado conferido de la expresión de agravios presentada por la demandada (fs. 309), y conforme resulta de las constancias de fs. 309vta., el 14.04.14 una persona autorizada por la parte actora (fs. 302)

      se notificó y retiró copia de la “expresión de agravios de fs. 306/8” -nota primera-, y el día 23.04.14 la Dra. C. apoderada de la parte actora retiró copia de la misma presentación -nota segunda-.

    2. El escrito correspondiente a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR