Sentencia de SALA III, 25 de Noviembre de 2014, expediente CCF 000832/2010/CA001
Fecha de Resolución | 25 de Noviembre de 2014 |
Emisor | SALA III |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa nº 832/10/CA1 “Laboratorio LKM SA c/ Craveri SA s/ cese de oposición al registro de marca”
Buenos Aires, 25 de noviembre de 2014.
Y VISTOS: Para resolver el recurso de revocatoria interpuesto por la doctora A.C. a fs. 327/328, contra la providencia dictada a fs. 326 -puntos 3) y 4)-, cuyo traslado fue contestado a fs.
332/334vta., y CONSIDERANDO:
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La providencia dictada a fs. 326 dispuso en lo que aquí
interesa: “3) Procédase al desglose de los escritos de “Contesta Expresión de Agravios” y “Evacúa traslado” por la Dra. A.C. a fs.
310/313vta. y 321/321vta., resérveselos en Secretaría para su devolución a la presentante, dejándose constancia en autos” y “4) Téngase por contestado el traslado de la expresión de agravios presentada por los Dres. J.M.V. y J.B.V. a fs. 315/320”.
La recurrente entiende que los puntos 3) y 4) contrarían seriamente el debido proceso, las normas sobre representación y mandato y el Código de Ética Profesional (CPACF).
Sostiene -en síntesis- que las presentaciones desglosadas en el auto aludido, se realizaron bajo la plena vigencia del mandato conferido; que la revocación de la representación operó el 20.05.2014 (fue notificada el 19.05.14 mediante carta documento); que el desglose referido fue ordenado el 24.04.14; que la presentación de fs. 321/321vta. evacuó el traslado conferido que le fuera notificado mediante cédula electrónica. Finalmente pidió que se ordene glosar las piezas en cuestión (fs. 327/328).
La parte actora -representada por los doctores V.-
respondió el traslado conferido, solicitó el rechazo de la revocatoria interpuesta por la letrada y que se confirme la resolución del 30 de mayo de 2014, de acuerdo a los argumentos expuestos a fs. 332/334vta..
Fecha de firma: 25/11/2014 Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA
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Establecido lo anterior, y para una mejor comprensión de la cuestión planteada, cabe efectuar una reseña de los hechos acontecidos en la causa.
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Ante el traslado conferido de la expresión de agravios presentada por la demandada (fs. 309), y conforme resulta de las constancias de fs. 309vta., el 14.04.14 una persona autorizada por la parte actora (fs. 302)
se notificó y retiró copia de la “expresión de agravios de fs. 306/8” -nota primera-, y el día 23.04.14 la Dra. C. apoderada de la parte actora retiró copia de la misma presentación -nota segunda-.
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El escrito correspondiente a...
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