Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA I, 23 de Septiembre de 2014, expediente CIV 101915/2009/CA001

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2014
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I Expte. n° Juzgado n°

L, H E c/ S, F y otros s/daños y perjuicios

ACUERDO:

En la Ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los 25 días del mes de septiembre de dos mil catorce, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala I de la Cámara Civil para conocer en los recursos interpuestos en los autos “L, H E c/ S, F y otros s/daños y perjuicios” respecto de la sentencia corriente a fs. 232/3, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

Practicado el sorteo resultó que la votación debía hacerse en el orden siguiente: D.. CASTRO y MOLTENI.

Sobre la cuestión propuesta la Dra. CASTRO dijo:

  1. La sentencia de fs. 232/233 hizo lugar a la demanda interpuesta por H E L contra F S. En consecuencia condenó

    a este último a abonar al actor -concurrentemente con la citada en garantía, en la medida del seguro- la suma de $ 39.800 con más sus intereses a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde la fecha del accidente hasta el efectivo pago, y las costas. Apelaron la actora y la citada en garantía quienes expresaron agravios respectivamente a fs.

    269/270 y fs. 272/273. Los correspondientes traslados fueron contestados con las presentaciones de fs. 275/276 y fs. 278/280.

  2. El reclamo que el Sr. Juez de la anterior instancia admitió tiene su origen en el accidente de tránsito ocurrido el día 18/9/2008. Según relató el actor en su demanda, viajaba como acompañante en un VW Senda que circulaba por calle H. de la Ciudad de Buenos Aires con el correspondiente cinturón de seguridad Fecha de firma: 23/09/2014 Firmado por: P.E.C.-H.M. colocado; en momentos en que el vehículo se encontraba detenido en la intersección de la citada arteria con calle S. frente al semáforo, resultó embestido en su parte trasera por el frente del Renault 9 dominio …conducido por el demandado que circulaba por calle H. en su mismo sentido desatento y a excesiva velocidad.

    Como indiqué el magistrado de grado admitió el reclamo. Sostuvo que conforme lo preceptuado por el art. 303 del Cód. Procesal y lo establecido como doctrina legal obligatoria por el Superior in re "V., E.F. c/ El Puente S.A.T. y otro s.

    daños y perjuicios" del 10.11.94, queda a cargo de la víctima la prueba del daño sufrido y el contacto con la cosa de la cual el mismo provino, en tanto el emplazado en su condición de...

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