Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 28 de Julio de 2015

Fecha de Resolución28 de Julio de 2015
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita412/15
Número de SAIJ15090264
Número de CUIJ21 - 509916 - 9

KLOSTER, A.M.D. DE c/ SERVICIO DE CATASTRO E INFORMACION TERRITORIAL -COBRO DE PESOS LABORAL- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 412/15 Nº Saij: 15090264 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 264 Pág. de inicio: 054 Pág. de fin: 061 Fecha del fallo: 28/07/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces R.H.F.M.A.G.R.F.G.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > PROCEDENCIA T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > PROCEDENCIA > FUNDAMENTOS Tesauro > EMPLEADO PUBLICO > ESTATUTO Tesauro > LEY ESPECIAL T. > EMPLEADO PUBLICO > INDEMNIZACION > LEY APLICABLE Tesauro > SERVICIO DE CATASTRO E INFORMACION TERRITORIAL CONSTITUCIONAL - ADMINISTRATIVO RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. PROCEDENCIA. EMPLEADO PUBLICO. ESTATUTO.

LEY ESPECIAL. INDEMNIZACION. LEY APLICABLE La sentencia impugnada debe ser dejada sin efecto por esta Corte, por cuanto la ley 8525 -en que fundamenta la actora su pretensión de cobro de una indemnización por enfermedad inculpable- excluye de su ámbito de aplicación a las personas comprendidas en estatutos especiales, como ocurre en el caso, en el que el causante se desempeñaba en el Servicio de Catastro e Información Territorial y se encontraba comprendido en la ley 10921 y el decreto 201/95, que constituye un cuerpo normativo propio, estructurado sobre la base de una realidad diferente, de particularidades propias conforme a las actividades y funciones desarrolladas. - REFERENCIAS NORMATIVAS: Leyes 8525, artículo 2, inciso f); y 10921. Decreto provincial 201/95.

  1. > ESTADO PROVINCIAL > FACULTADES NO DELEGADAS Tesauro > EMPLEADO PUBLICO > ESTATUTO Tesauro > LEY ESPECIAL T. > EMPLEADO PUBLICO > INDEMNIZACION > LEY APLICABLE Tesauro > SERVICIO DE CATASTRO E INFORMACION TERRITORIAL CONSTITUCIONAL - ADMINISTRATIVO ESTADO PROVINCIAL. FACULTADES NO DELEGADAS. EMPLEADO PUBLICO. ESTATUTO.

    INDEMNIZACION. LEY APLICABLE. LEY ESPECIAL En nuestro sistema federal las Provincias conservan todo el poder no delegado al gobierno federal y poseen la plenitud normativa correspondiente a su calidad de estado autónomo, que incluye la atribución de darse sus propias instituciones y de regirse por ellas y legislar sobre la organización de su administración. En el marco de dichas atribuciones se dictó la ley 8525 del personal que presta servicios remunerados en la Administración dependiente del Poder Ejecutivo y por otro lado, se dictó la ley 10921 de creación del Servicio de Catastro e Información Territorial, que aprobó el régimen laboral para sus empleados y en su reglamentación contempla algunas indemnizaciones mas no prevé la indemnización pretendida en autos. - CITAS: CSJN: Fallos 314:312; 317:1671. - REFERENCIAS NORMATIVAS: Constitución Nacional, artículos 121, 122 y 123; Constitución Provincial, artículo 54, inciso 23; Leyes 8525 y 10921; Decreto 201/95.

  2. > EMPLEADO PUBLICO > INDEMNIZACION > LEY APLICABLE Tesauro > ESTATUTO Tesauro > LEY ESPECIAL T. > SERVICIO DE CATASTRO E INFORMACION TERRITORIAL ADMINISTRATIVO EMPLEADO PUBLICO. INDEMNIZACION. LEY APLICABLE. CATASTRO. ESTATUTO. LEY ESPECIAL Los agentes del Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) tienen regulada su actividad en un cuerpo normativo orgánico al que no se le aplica -porque está excluido- la ley 8525 que es para el personal que la norma específicamente contempla, por lo que no se podría -por vía interpretativa- aplicar un dispositivo legal que expresamente no lo comprende; pues si ésta hubiese sido la intención del legislador, hubiese incluido la indemnización reclamada al dictar la legislación que regula al personal de aquel organismo. - REFERENCIAS NORMATIVAS. Constitución Provincial, artículo 54, inciso 23; Leyes 8525 y 10921.

  3. > EMPLEADO PUBLICO > ESTATUTO T. > EMPLEADO PUBLICO > INDEMNIZACION > LEY APLICABLE Tesauro > PODER LEGISLATIVO > FACULTADES Tesauro > CONTROL JUDICIAL > LIMITES CONSTITUCIONAL - ADMINISTRATIVO EMPLEADO PUBLICO. ESTATUTO. INDEMNIZACION. LEY APLICABLE. PODER LEGISLATIVO.

    FACULTADES. CONTROL JUDICIAL. LIMITES No se advierte que establecer estatutos con distintos derechos en función de la naturaleza de las actividades desempeñadas afecte el trato igualitario de los agentes públicos, toda vez que el legislador posee facultades para establecer los sujetos y las condiciones con sujeción a las cuales se acuerdan las prestaciones, sin que se advierta que en el caso importe una discriminación, se evidencie una finalidad persecutoria, hostil o un privilegio arbitrario, en tanto ha establecido un tratamiento igualitario para todos aquellos que se encuentren comprendidos en una determinada norma, lo que no habilita entonces a que pueda sustituirse por la judicatura la competencia, la voluntad legislativa, siendo que la misión más delicada de la justicia es la de saberse mantener dentro de la órbita de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los otros poderes o jurisdicciones. - CITAS: CSJN: Fallos 155:248; 272:231; 302:232; 315:992. T. > EMPLEADO PUBLICO > ESTATUTO T. > EMPLEADO PUBLICO > INDEMNIZACION > LEY APLICABLE Tesauro > EMPLEADO PUBLICO > DERECHO ADQUIRIDO CONSTITUCIONAL - ADMINISTRATIVO EMPLEADO PUBLICO. ESTATUTO. INDEMNIZACION. LEY APLICABLE. DERECHO ADQUIRIDO Teniendo presente que la actora no tiene derechos adquiridos a una determinada legislación -en el caso, la ley 8525-, no se configura en el caso un desconocimiento de los mismos, ni se advierte que el cambio de régimen hubiese implicado una regresividad de sus derechos, observando además todas las disposiciones normativas contempladas en la legislación estatutaria; y encontrándose la contingencia amparada por prestaciones de la seguridad social, no aparecen vulnerados los límites constitucionales impuestos por Convenciones y Pactos...

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