Maria Antonia Leonfanti
Seccion: Sumario
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Id. vLex: VLEX-452491
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Casación. Comodato. Consignación. Derecho de propiedad. Derecho laboral. Embarazo. Empleo. Estado: acciones bélicas. Estado: decretos leyes. Estado de emergencia. Homosexualidad. Legítima defensa. Locación. Malversación. Maniobra impuesta por la necesidad. Objetividad. Ocupación clandestina. Portación de armas. Prenda. Requisitos. Robo famélico. Salud. Seguridad personal. Servidumbre necesaria.

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 34 , 41
Código Civil. - Artículo 954
Jurisprudencia
Casación. Es cuestión de hecho y en consecuencia irrevisable en principio por vía de la casación extraordinaria, la de establecer si el procesado se encontraba o no en estado de necesidad (SCBA, 24/3/70, LL, 140-837). Comodato. No es imputable, por encuadrar el hecho en la prevención del art. 34, inc. 3°, Cód. Penal, quien, encontrándose privado de medios económicos absolutamente indispensables, vendió una cosa que tenía en comodato para hacer frente a gastos derivados de una grave enfermedad padecida por un familiar (CCrimCap., 28/2/32, /A, 1962-VI-173). Consignación. Ha obrado en estado de necesidad (art. 34, 3°, Cód. Penal) quien, teniendo que alimentar a su familia, sin trabajo y amenazado de desalojo empeña unos objetos recibidos en consignación para la venta. La actualidad del peligro y la gravedad del daño que ha de evitar, se deben evaluar con criterios relativos.. . (CCrimCap., Sala V, 1/4/74, LL, 155-173). Derecho de propiedad. El derecho de propiedad comprende todos los intereses apreciables que un hombre pueda poseer fuera de sí mismo, fuera de la vida o de su libertad. Todo derecho que tenga un valor reconocido como tal, por la ley, sea que se origine en las relaciones de derecho privado, sea que nazca de actos administrativos (derechos subjetivos, privados o públicos), a condición de que su titular disponga de una acción contra cualquiera que intente interrumpirlo en su goce.. . integra el concepto constitucional de propiedad (CSJN, JA, 18-817). La propiedad protege todo el derecho que forma el patrimonio del habitante de la Nación, trátese de derechos reales o personales o de bienes materiales o inmateriales, que todo eso es propiedad a los efectos de la garantía constitucional (CSJN, LL, 135-1463). Derecho laboral. El estado de necesidad mencionado en la norma 954, Cód. Civil, es aquel estado carencial que puede ser material y espiritual desde que no se cuenta con el mínimo indispensable para atender las nec...
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