Contrato individual de trabajo agrario no permanente

AutorMiguel A. Sansó
Actualizado aJunio 2008

Entre ........., con domicilio en calle ...... Nº..., en la ciudad de ......, representada en este acto por su ............, señor ... ..., DNI. Nº ......, según mandato ........., en adelante denominado EMPLEADOR, por una parte y el señor .......... DNI. Nº ......, con domicilio real en calle ...... Nº ..., de la ciudad de ......, en adelante denominado EMPLEADO, celebran este CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO AGRARIO NO PERMANENTE, sujeto a las normas generales y especialmente al título II, Personal no permanente, principios de regulación, remuneraciones, diferendos de la ley 22.248, reformada por las leyes 23.808, 24.013 y 24.557 y excluido del régimen de la ley 20.744 (art. 2º, inc. c), T.O. Dec. 390/76), demás normas laborales y supletoriamente a las declaraciones y estipulaciones siguientes:

PRIMERA (Objeto) El EMPLEADOR contrata al TRABAJADOR para desempeñarse como «personal no permanente» exclusivamente en tareas generales agrarias, en el establecimiento agropecuario designado como ........., ubicado en ........, cuya propiedad es de ............, o en cualesquier otros y su actividad se regirá por el Convenio Colectivo de Trabajo ...

SEGUNDA (Encuadramiento) Las tareas a desarrollar por el TRABAJADOR son exclusivamente ... ............

TERCERA (Labores desechadas) El TRABAJADOR deberá realizar sus labores, obligatoriamente y siempre dentro, de las previsiones de los artículos , y de la ley 22.248 y sus reformas, quedando desechadas absolutamente, cualesquiera que se hicieren fuera de sus preceptos.

CUARTA (Remuneración) Como salario mensual bruto (a deducir los aportes y contribuciones obligatorias y voluntarios), el TRABAJADOR percibirá la suma de ...... pesos ($ ...), pagadero por mes vencido.

QUINTA (Plazo) El plazo del presente Contrato será ...... de .....(meses; el que comprenda el levantamiento total de la cosecha de ...; del lapso necesario para la vendimia, zafra, etc.) ......, sin necesidad de notificación especial alguna.

SEXTA (Facultad del empleador) Será facultativo del EMPLEADOR ocupar sucesivamente al TRABAJADOR en las diversas tareas que se desarrollen en el ámbito laboral.

SÉPTIMA (Organización económica, técnica y dirección laboral) La organización económica, técnica y directivas laborales serán dadas por ..., o quien en lo futuro designe el EMPLEADOR.

OCTAVA (Jornada de trabajo) La jornada de trabajo...

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