Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4, 16 de Marzo de 2017, expediente FSM 066964/2016/7/CA004

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 7129 - FSM 66964/2016/6/CA3 “Incidente Nº 6 - IMPUTADO: O.R., B.J. s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA”

Reg. N°: 7583 S.M., 16 de marzo de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Vienen estas actuaciones 7129 y las 7130 a conocimiento del Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por la defensa particular de B.J.O.R. y J.A.V., a fs. 9/11 de ambos legajos, respectivamente, contra las resoluciones que no hicieron lugar a los pedidos de suspensión del juicio a prueba respecto de las nombradas, a fs. 5/7 de las dos causas, también respectivamente (Art. 76 bis CP).

En la instancia, el F. General no adhirió a las impugnaciones (fs. 21 de ambos expedientes), en tanto el recurrente las sostuvo (fs. 22 de los dos legajos).

Liminarmente, en cuanto a la tacha de arbitrariedad el Tribunal señala que conforme a la jurisprudencia sentada por el Alto Tribunal, los decisorios cuestionados cumplen los estándares correspondientes para calificarlos como actos jurisdiccionales Fecha de firma: 16/03/2017 Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: E.H.B., SECRETARIO DE CAMARA #29242088#174139782#20170316130515487 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 7129 - FSM 66964/2016/6/CA3 “Incidente Nº 6 - IMPUTADO: O.R., B.J. s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA”

Reg. N°: 7583 válidos (Fallos, 338:68 y 896, 339:824, entre otros). Por lo demás, los interlocutorios reúnen suficientemente el requisito de motivación, pues se exponen las razones fácticas y jurídicas en que se fundan las decisiones que se adoptan (Art. 123, CPPN).

Como fuera desarrollado en la anterior intervención de este Tribunal, por intermedio de la Sala de Feria, al confirmarse los rechazos de las excarcelaciones de las causantes (CFASM, Sala de Feria, S.. Penal 4, csa. 7090, rta. 31/1/17, reg. 7541), los antecedentes informan que B.J.O.R. habría obtenido: (1°) mediante la utilización del DNI nro. 35.970.806, a nombre de S.M.P., que llevaría adosada su fotografía, un crédito -nro. 057-0105526-, ante la firma D.S. local J.C.P.I., el 14/11/2016, por la suma de $ 1.956, con lo cual obtuvo diferente mercadería; (2°)

mediante ese mismo documento, con su fotografía, y usando por segunda vez la identidad ajena de S.M.P.F. de firma: 16/03/2017 Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CÁMARA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR