Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 22 de Febrero de 2017, expediente FSA 052000251/2009/5/CA002

Fecha de Resolución22 de Febrero de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 52000251/2009/5/CA2 ta, 22 de febrero de 2017 Y VISTA:

Esta causa nº 52000251/2009/5/CA1 caratulada “Inc. de excarcelación de M.B., L.F. y M.B., H.P.”, con trámite en el Juzgado Federal de Orán, y RESULTANDO:

  1. Que se elevan estas actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Federal a fs.8/11 y vta.

    en contra de la resolución del 28/12/2012 por la que se dispuso conceder, de oficio, la excarcelación de L.F.M.B. y de H.P.M.B., en ambos casos bajo caución juratoria y con la prohibición de salir del país.

    Sostuvo que debe revocárselas en tanto los imputados se encuentran procesados por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, cuya escala punitiva supera el tope de ocho años de prisión al que alude el art. 317 inc. 1°, en función del art. 316, segundo párrafo del C.P.P.N.; y también porque al exceder su monto mínimo los tres años de prisión, en caso de recaer condena, ésta no sería de cumplimiento en suspenso (art. 26 del C.P.).

    Destacó además que los hermanos M.B. cuentan con causas en trámite, lo que a su criterio es determinante a la hora de evaluar el beneficio excarcelatorio.

    En esta instancia, el F. General S. agregó que no se tomaron los recaudos necesarios para que, una vez recuperada su libertad, los imputados se ajusten a derecho, por cuanto Fecha de firma: 23/02/2017 Firmado por: G.E. Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #27946653#172465254#20170223081526780 consideró que la caución juratoria dispuesta por el Instructor resultaba insuficiente para tal fin.

  2. Que, por su parte, el Defensor Oficial de los imputados refutó a fs. 29/32 los agravios que expuso el recurrente alegando que el único fundamento que utiliza para atacar la resolución en crisis tiene relación con la gravedad de la pena prevista para el delito imputado y los antecedentes penales que registra, sin analizar la situación personal actual de su defendidos, ni demostrar la existencia de riesgo procesal.

    Sostuvo que, al margen de la excesiva demora en el trámite de estas actuaciones, la causa principal lleva en la etapa instructoria casi 8 años, por lo que ordenar nuevamente la detención de sus defendidos resultaría injustificado en virtud de la inexistencia de un nuevo hecho objetivo y concreto que haya afectado el proceso judicial.

    Por lo expuesto, solicitó que se rechace el recurso interpuesto por...

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