Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 1, 1 de Julio de 2015, expediente FCR 032052134/2004/TO01/5/CFC002

Fecha de Resolución 1 de Julio de 2015
EmisorSala 1

Camara Federal de Casación Penal - Sala I - 32052134 Incidente Nº 5 - IMPUTADO: TOLOSA, Cámara Federal de Casación Penal GREGORIO DANIEL PROCESO A PRUEBA s/SUSPENSION DE Principal en Tribunal Oral TO01 -

IMPUTADO: SCHABNER, H.E. Y OTROS s/HOMICIDIO CULPOSO (ART 84 2º

Buenos Aires, 30 de junio de 2015.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca de la admisibilidad del recurso de casación deducido por la Defensa Particular.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta Cámara Federal de Casación Penal en virtud del recurso de casación deducido por la Defensa Particular de G.D.T., contra el pronunciamiento del Tribunal Oral Federal de Santa Cruz, de fecha 26 de agosto de 2014, por el que dispuso “NO HACER LUGAR al pedido de suspensión de juicio a prueba formulado por el imputado Gregorio Tolosa…” (ver fs. 28/31).

    El Tribunal a fs. 43/44 concedió el recurso impetrado por el imputado.

  2. ) Que el recurrente fincó sus agravios en el inciso 1º del artículo 456 del Código Procesal Penal de la Nación, indicando que en la resolución impugnada se incurrió

    en una errónea interpretación de la ley sustantiva – artículo 76 bis del Código Penal-, constituyendo una causa definida de arbitrariedad.

    Agregó que dicho decisorio resulta equiparable a sentencia definitiva, toda vez que además de prohibir el acceso al instituto de la suspensión del juicio a prueba se funda en violación de garantías constitucionales, generando así un gravamen irreparable.

    Discrepó con la oposición del F. a la concesión del beneficio en función de que al momento de cometer el hecho se desempeñaba como funcionario público en los términos del art. 77 del C.P.N., por entender que la intervención que se le atribuye a su defendido no tiene ninguna vinculación con temas de corrupción, sino que se trataría de una supuesta negligencia en sus tareas laborales.

    Agregó que su defendido fue sobreseído en dos oportunidades en las presentes actuaciones, que la trascendencia social del hecho no importa la pérdida de derechos para los imputados, así como también que el nombrado ha sido un mero empleado de una empresa estatal que nunca Fecha de firma: 01/07/2015 1 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION PENAL Firmado por: L.M.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZ DE CAMARA DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: J.R.D.A., SECRETARIO DE CAMARA ejerció funciones públicas sino operativas, y por lo tanto nunca ha sido funcionario público.

    Indicó que las figuras culposas deben ser excluidas de la limitación contenida en el mencionado art. 76 bis, párrafo 7º, del CPN, pues el ejercicio abusivo de poder, que se erige como el eje sobre el cual se asientan los cimientos de la prohibición, sólo puede ser realizado de manera consciente y voluntaria, es decir a través de un hacer doloso.

    Señaló también que la inhabilitación prevista en el artículo 84 del C.P.N. no resulta un impedimento para la concesión del beneficio solicitado, pues la misma es accesoria de la pena principal.

    Sostuvo que “no es admisible que por vía interpretativa jurisdiccional se pueda incorporar al catálogo de limitaciones que contiene la norma, el de la `trascendencia social que tienen los hechos que serán ventilados´, se trata de un fundamento `meramente aparente´

    que no se sustenta ni en la ley ni en las constancias comprobadas de la causa…”

    Por las razones expuestas, solicitó que se revoque la resolución dictada y se haga lugar a la suspensión de juicio a prueba.

    Finalmente, hizo reserva del caso federal.

    La señora jueza doctora A.M.F. dijo:

  3. ) Previo a ingresar al análisis de los agravios planteados por el recurrente, cabe recordar que se imputa a G.D.T. el delito de homicidio culposo agravado –por la cantidad de víctimas-, previsto y reprimido por el artículo 84, segundo párrafo, del C.P.N.

    Conforme surge de las presentes actuaciones “(…) en lo que respecta a TOLOSA, que detentaba el cargo de jefe del área electromecánica de minas (Y.C.R.T.) se le imputa que teniendo a su cargo todo el sistema de evacuación de carbón de la mina por medio de las cintas transportadoras y encontrándose en conocimiento de las deficiencias del sistema y la posibilidad de ocurrencia de un incendio a raíz de las mismas, no arbitró las medidas necesarias y suficientes para Fecha de firma: 01/07/2015 2 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION PENAL Firmado por: L.M.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZ DE CAMARA DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: J.R.D.A., SECRETARIO DE CAMARA Camara Federal de Casación Penal - Sala I - 32052134 Incidente Nº 5 - IMPUTADO: TOLOSA, Cámara Federal de Casación Penal GREGORIO DANIEL PROCESO A PRUEBA s/SUSPENSION DE Principal en Tribunal Oral TO01 -

    IMPUTADO: SCHABNER, H.E. Y OTROS s/HOMICIDIO CULPOSO (ART 84 2º

    evitarlo. Sentado lo anterior corresponde en principio atribuirle la autoría del delito de homicidio culposo de 14 personas, por no arbitrar y en virtud del rol que desempeñaba las medidas necesarias para evitar el luctuoso resultado que en definitiva acaeció (…)”.

    Celebrada la audiencia prevista en el artículo...

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