Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 13 de Enero de 2017, expediente FSM 027004012/2003/101/CA061

Fecha de Resolución13 de Enero de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA

I- SEC. PENAL AD HOC FSM 27004012/2003/101/CA61 (Exp. interno 12.102), C.:

Incidente Nº 101 - IMPUTADO: AGOSTINO, F.R. s/INCIDENTED.P.D.

, del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional nro. 2 de S.M., Secretaria Ad-hoc .

CFSM, S.I., S.. Pen. 1 ad hoc.

Registro de Cámara: 11006 S.M., 11 de enero de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO.

  1. Llega este incidente a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa particular de F.R.A., contra la decisión de fs. 528 que no accedió a su pretensión de que la prisión domiciliaria -que cumple por estar procesado con prisión preventiva por los delitos cometidos en la Zona de Defensa IV a cargo del Comando de Institutos Militares con asiento en Campo de Mayo en el gobierno de facto de 1976-1983-, se morigerara permitiéndole realizar caminatas diarias de 30 minutos por el barrio donde vive, con el resguardo de su cónyuge que es quien lo acompaña a sus turnos médicos (v.

    fs. 537/542).

  2. El F. General no adhirió al recurso (fs.

    548); mientras que la defensa de A., tanto al exponer sus agravios a fs. 537/542, como en ocasión de intervenir en la audiencia oral prevista por el art. 454 del CPPN (fs.

    551), señaló que la decisión resultó arbitraria y carente de fundamentos, lo que conlleva a la afectación del derecho de defensa de su asistido. Asimismo, argumentó que esta petición se trató en el año 2012, en función de lo diagnosticado por un médico forense, y que este nuevo rechazo no toma en cuenta el derecho a la salud de su asistido.

    Fecha de firma: 13/01/2017 Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.F., SECRETARIO DE CAMARA #29188441#170475658#20170113101453978 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA

    I- SEC. PENAL AD HOC FSM 27004012/2003/101/CA61 (Exp. interno 12.102), C.:

    Incidente Nº 101 - IMPUTADO: AGOSTINO, F.R. s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA

    , del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional nro. 2 de S.M., Secretaria Ad-hoc .

    CFSM, S.I., S.. Pen. 1 ad hoc.

    Registro de Cámara: 11006

  3. Como ya tuviera oportunidad de señalar esta Sala, al expedirse en los autos n°9855, reg. n°8772 el 4 de agosto de 2011 (Secretaría N°1 ad hoc), ante un planteo formulado para modificar la forma en que se desarrollaba la prisión domiciliaria de F.R.A. –en ese caso, para concurrir semanalmente a recibir los oficios religiosos en una Parroquia de la Zona de Palermo- la disconformidad de las partes con las decisiones del juez de grado no habilitan por sí a descalificarlas como actos jurisdiccionales válidos, rotulándolas de atentatorias de distintas garantías constitucionales, cuando éstas se basan en el texto legal vigente, forman parte de las potestades privativas como instructor del proceso; y además, la ponderación de esos elementos efectuada en la instancia anterior constituye la materia propia de revisión en el recurso de apelación que se debe examinar, como ocurre en este caso. Por lo tanto, la propuesta no es aceptable (cfr.

    causa N°8780 “Inc. de nulidad, E., E. A.”, del 07/04/09, reg. 7847; N°9452 “Apelación Riveros, S.O., y...

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