Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 22 de Febrero de 2017, expediente FGR 012000457/2007/TO01/1

Fecha de Resolución22 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 12000457/2007/TO1/1 General Roca, 22 de febrero de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

La presente causa caratulada: “SOTO, N.L.S. DE PROCESO A PRUEBA” (Expte. Nº FGR 12000457/2007/TO1/1), puesta a despacho para resolver la situación procesal de N.L.S.; CONSIDERANDO:

Que por sentencia de fecha 09 de febrero de 2015 se resolvió suspender a prueba el proceso que se sigue contra N.L.S. por el término de un (1) año por el hecho que fuera calificado en la requisitoria de elevación a juicio como estafa en uso de documento público adulterado destinado a acreditar la habilitación para circular de un vehículo automotor (art. 296 en función del art. 292 – segundo párrafo- y 45 del Código Penal)

Por idéntico pronunciamiento se impusieron al nombrado reglas de conducta, haciéndole saber que en caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas le sería revocado el beneficio otorgado (art. 27 bis y 76 ter del C.P.).

En su oportunidad, la señora F. General, doctora M.T.B., en su Dictamen Nº 63/17 (v.

fs. 93), manifestó que conforme lo verificado, si bien el probado cumplió de manera irregular a la fecha con las reglas de conducta impuestas en el fallo del 09/02/2015, entiende que, transcurrido el lapso de tiempo fijado en el mismo, el Tribunal Oral se encontraría en condiciones legales de disponer la extinción de la acción penal y el sobreseimiento en favor de S. en esta causa (art. 76 ter.

4º párrafo del CP y art. 336 inc. 1º CPPN).

Puesto a resolver, como bien señala la señora F. General, que el probado cumplió irregularmente en el tiempo que duró el beneficio, con sus presentaciones trimestrales ante la Dirección Provincial de Población Judicializada y ante la Secretaría de Ejecución Penal de Fecha de firma: 22/02/2017 Firmado por: A.A.S., JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL Firmado(ante mi) por: L.A.P.G., SECRETARIO DE EJECUCION PENAL #24641846#172463860#20170223094815213 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 12000457/2007/TO1/1 esta sede en el mes de diciembre del 2016 (v. fs. 24/25; 33; 49; 64/65; 83).

Asimismo, efectuó la donación establecida en sustitución de tares comunitarias y que se destinó a la compra de alimentos no perecederos en favor de la Fundación Civil A.L.E.N.C., de esta ciudad (fs. 84 y 83/91).

Finalmente, conforme lo informado a fs. 86/88 por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, no surgen antecedentes computables de quien hoy nos...

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