Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 5 de Octubre de 2015, expediente FTU 712374/2008/1
Fecha de Resolución | 5 de Octubre de 2015 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN 712374/2008 - INCIDENTE Nº 1 - B.C.A.C./
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SANTIAGO DEL ESTERO - HONORABLE CONSEJO SUPERIOR S/ ACCIÓN DE AMPARO - MEDIDA CAUTELAR EXPTE N° 2374/08 DR C.F.M. PLANTEA CADUCIDAD DE INSTANCIA S.M. de Tucumán, Y VISTO: el planteo de caducidad de instancia deducido a fs. 3/4 del incidente por la parte demandada, y CONSIDERANDO:
-
Que viene a resolución de este Tribunal el planteo de caducidad de instancia deducido por la parte demandada a fs.
3/4 del incidente.
A los fines de resolver el planteo efectuado resulta necesario hacer una breve reseña de los antecedentes procesales que dan sustento a la caducidad interpuesta.
Así, por sentencia de fecha 30 de octubre de 2012 (fs.
551/564) el señor J. a quo resolvió: “
I) Rechazar la demanda impetrada por C.A.B.… con costas.
II) Declarar abstracto emitir pronunciamiento …”.
Disconforme con dicha resolución, la parte actora interpuso recurso de apelación (fs. 568/569), el que fue proveído en fecha 22/11/12 (fs. 570) concediéndose éste en ambos efectos y ordenándose correr traslado a la contraria mediante cédula y por el término de ley.
Fecha de firma: 05/10/2015 Firmado por: DRA.COSSIO MARINA JOSEFA Firmado por: DR.ERNESTO CLEMENTE WAYAR Firmado por: DR.RICARDO MARIO SANJUAN Firmado por: ISABEL DEL
-
SAYAGO, SECRETARIA DE CAMARA En fecha 20/03/13 (fs. 571) la actora presentó escrito en el que manifestó haber dejado debidamente confeccionadas las cédulas a los fines de la notificación del proveído del 22/11/12 y solicitó la urgente remisión de los autos a esta Alzada.
Mediante proveído de fecha 11/04/13 (fs. 572) se dispuso “Estése al estado en que se encuentra la causa (fs. 570).
Asimismo, hágase saber al ocurrente que la notificación ordenada lo es a su cargo”.
Seguidamente, en fecha 16/04/13 (fs. 3/4), la demandada planteó caducidad de instancia del recurso de apelación deducido por la actora, de cuya presentación se corrió traslado a la contraria la que contestó a fs.7, solicitando el rechazo del planteo de caducidad.
-
La parte demandada fundamenta su planteo argumentando que con posterioridad al proveído de fecha 22/11/12 (fs. 570) -por el cual se concedió el recurso de apelación y se ordenó su traslado- no se advierten actos procesales impulsorios tendientes a mantener la instancia durante al plazo legal pertinente, ni existe actividad pendiente por parte del órgano jurisdiccional.
De los términos del planteo, corresponde a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba