Sentencia de SALA 1, 10 de Junio de 2014, expediente CFP 006522/2011/195/CA049

Fecha de Resolución10 de Junio de 2014
EmisorSALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 6522/2011/195/CA49 CCCF -Sala I-

CFP 6522/11/195/CA49 “H, L. s/ rechazo de levantamiento de inhibición general de bienes”

J.. n° 8 - Sec. n° 16 Buenos Aires, 10 de junio de 2014.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.

Motiva la intervención del Tribunal el recurso de apelación introducido por la defensa de L.A.H. contra la resolución obrante a fs. 23/24 del incidente, por la que el Juez de la anterior instancia no hizo lugar al levantamiento de la inhibición general de bienes que pesa sobre su asistido y la empresa “E.S.I.SA”

II.

La parte se agravió por entender que el mantenimiento de la inhibición general de bienes irradiaba graves perjuicios a los intereses de su defendido, atendiendo, particularmente, al tiempo transcurrido desde su dictado. Además, sostuvo que no se encontraban satisfechos los requisitos previstos para el dictado de cautelares de la especie, pues sumado a la ausencia de determinación de la “verosimilitud del derecho” y del “peligro en la demora” -requisitos comunes de todas las medidas cautelares-, en este caso tampoco se había evaluado la concurrencia de diligencias menos lesivas para los derechos de su asistido.

III.

El Dr. E.R.F. dijo:

En una anterior intervención en la causa en la que se inscribe esta incidencia, expliqué la naturaleza excepcional de las medidas cautelares decretadas en el marco de un proceso penal durante la etapa instructoria y con anterioridad al dictado de un auto de procesamiento, y reseñé brevemente los requisitos exigidos por la normativa vigente para habilitar su imposición -peligro en la demora y verosimilitud del derecho- (causa n° 45.987, rta. 24/11/11, reg. n°

1342).

En aquella ocasión, la ausencia de la exteriorización de los presupuestos legales de mención, fundamentalmente aquel vinculado a la verosimilitud del derecho, me llevó a propiciar la invalidación de la resolución a través de la cual el Dr. O. había dictado las medidas cautelares cuyo levantamiento peticionaban las partes recurrentes. En idéntico sentido me expedí en otros incidentes formados en estas actuaciones (Causa n° 46.424, reg.

n°: 1463, rta. 20/12/11; causa n° 46.683, reg. n° 186, rta. 13/3/12; y causa n° 46.735, reg. n°: 301, rta. 17/4/12).

Como consecuencia de las decisiones apuntadas, a fs. 124/129 del incidente nro. 24 de esta causa, el Juez a quo rechazó

el levantamiento de la inhibición general de bienes que pesaba sobre H. y la empresa por...

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