Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - Sala I, 6 de Febrero de 2015, expediente FSM 078000900/2013/CA001

Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2015
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 78000900 (7171), C.: “IMPUTADO: RIZZO, M.S. Y OTRO s/INCUMPLIM. DE AUTOR.Y VIOL.DEB.FUNC.PUBL.(ART.249) DENUNCIANTE:

QUERVES, J.D.”, del Juzgado Federal de Trés de Febrero…Secretaria Nº2 Registro de Cámara: 7079 S.M., 6 de febrero de 2015.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estas actuaciones a conocimiento del Tribunal, con motivo de los recursos de apelación deducidos por la defensa de la imputada V.R.R. y por el Sr. fiscal de grado respecto de M.S.R., contra los puntos I, II y III de la resolución que obra a Fs. 124/129 del presente legajo, mediante la cual se dispuso respectivamente:

    1. el procesamiento y la traba de embargo de V.R.R. por la suma de quince mil pesos ($ 15.000), por considerarla autora penalmente responsable del delito previsto en el Art. 249 del Código Penal.

    2. el sobreseimiento de M.S.R., en orden al precitado ilícito.

  2. Los antecedentes del caso enseñan que el pasado 5 de abril de 2013, siendo aproximadamente las 18 hs., un paciente gerontológico llamado P.P., internado en el Hogar Santa Ana –dependiente de la Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores de la Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia-, había sufrido una descompensación.

    En virtud de ello, la Dra. M.J. –una de las dos médicas del Hogar-, recibió en esa fecha desde allí, -1-

    Fecha de firma: 09/02/2015 Firmado por: M.D.F. Firmado por: H.R.F. Firmado por: L.B.S. Firmado(ante mi) por: ROSARIO S.E.O., PROSECRETARIO DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 78000900 (7171), C.: “IMPUTADO: RIZZO, M.S. Y OTRO s/INCUMPLIM. DE AUTOR.Y VIOL.DEB.FUNC.PUBL.(ART.249) DENUNCIANTE:

    QUERVES, J.D.”, del Juzgado Federal de Trés de Febrero…Secretaria Nº2 Registro de Cámara: 7079 una llamada telefónica en la cual la enfermera V.R.R., la puso en conocimiento de tal circunstancia, y al interpretar la mentada profesional que el cuadro descripto por aquella podría tratarse de un posible episodio cerebro vascular (ACV), le indicó que se comunicara de modo urgente con el servicio de emergencia para una mejor y más completa evaluación, orden que -conforme surge de la documental anexada al legajo- la imputada no acató ni tampoco asentó en el libro de enfermería respectivo.

    Antes bien, se comunicó con la otra médica de planta del establecimiento –Dra. M.S.R.- quien le prescribió una modalidad de tratamiento diferente relacionada con la hidratación del enfermo y su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR