Sentencia de Camara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional - Sala 1, 21 de Junio de 2016, expediente CCC 026054/2011/CA001

Fecha de Resolución21 de Junio de 2016
EmisorCamara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional - Sala 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 1 CCC 26054/2011/CA1 Butti, R.A.P.J.N. en lo Criminal de Instrucción Nº 12, Secretaría Nº 137 En la ciudad de Buenos Aires, a los 21 días del mes de junio de 2016 se celebra la audiencia oral y pública en el marco del presente recurso, en la que expuso la parte de acuerdo a lo establecido por el art. 454 del CPPN (conf. ley 26.374). La compareciente aguarda en la sala del tribunal mientras los jueces pasan a deliberar en presencia de la actuaria (art.

396, ibídem). Los motivos de agravio de la defensa no logran conmover la resolución recurrida, cuyos fundamentos compartimos. En efecto, teniendo en cuenta la estrecha vinculación entre los hechos investigados en la causa 40.557/2010, que han sido traídos a conocimiento de este tribunal el año pasado al resolverse la situación procesal del imputado B. (y sus consortes de causa), y el de la presente (destacándose que ambos procesos se encuentran acumulados jurídicamente) y, en consecuencia, la comunidad probatoria existente, estimamos que el razonamiento expuesto por la a quo se ajusta a derecho. La defensa fundamental que se ha esgrimido en la audiencia, la que radica en el desconocimiento de todas las firmas por parte de su asistido, ya fue debidamente valorada y considerada en el resto de los hechos en nuestra anterior intervención, por lo que solo cabe remitirnos a lo allí dicho. En síntesis, los elementos de cargo llevan a considerar que en el presente legajo existe el grado de probabilidad positiva requerido para confirmar la situación procesal del nombrado. Así entonces, corresponde habilitar el avance del proceso a instancias ulteriores en las que, en aras de lograr una correcta administración de justicia, deberían analizarse las posiciones de las partes en un marco que concentre todos los hechos conexos. En consecuencia se resuelve: CONFIRMAR el punto dispositivo I del auto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR