Hacia un juicio oral más humanista

Autor1.María Elvira Batista Ojeda - 2.Darina Ortega León
Cargo1.Profesora auxiliar del Derecho Procesal Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente - 2.Profesora de Derecho Penal y Criminología de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente.

El humanismo, como la doctrina que defiende el respeto a la persona humana, fue uno de los conceptos creados por los historiadores del siglo XIX para referirse a la revalorización, la investigación y la interpretación que de los clásicos de la Antigüedad, hicieron algunos escritores desde finales del siglo XIV hasta el primer tercio del siglo XVI.

Así; el pensamiento humanista, ha tenido varios momentos históricos. El primero, tuvo lugar en los siglos XIV y XV, y es llamado el humanismo del Renacimiento, considerado como renovador de los ideales clásicos de los griegos y los romanos en torno al concepto de hombre, y el cultivo a los estudios humanísticos, humanismo que dio origen a una primera corriente liberal, la cual interpretó el valor del individualismo y el rechazo a la autoridad monárquica y religiosa, orientándose posteriormente hacia la remoción de los compromisos sociales, políticos y económicos para la propia elección individual.

El segundo momento histórico corresponde a la corriente neoclásica del siglo XVIII y comienzos del XIX, donde se acuña el término y el tercer momento histórico conocido como, humanismo contemporáneo ubicado históricamente de fines del siglo XIX y parte del XX donde se enarbola como idea central que el hombre construye por si mismo su propio sentido, tesis que dio origen a distintas corrientes de pensamiento, especialmente de Marx, quien postulaban la necesidad revolucionaria de encontrar nuevas relaciones de producción que no impliquen explotación del hombre.

Es esa universalidad e indivisibilidad, la demostración de que las necesidades humanas no son sólo físicas sino también espirituales, que exigen la construcción de las sociedades bajo el denominador común de la dignidad humana, que ha de conservar el respeto por la libertad y preservar la existencia de nuestra generación y de las que están por venir; es así que comienza a hablarse del surgimiento de un Nuevo Humanismo; en el que se retorna a las verdades del espíritu y a los valores esenciales del ser humano.

La visión del nuevo humanismo se funda a partir de la mirada del ser humano concreto a si mismo, no desde una idea o desde una institución abstracta. Desde esta perspectiva se coloca el ser humano como valor central, lo cual se sintetiza en la máxima de que "Nada por encima del ser humano, ni ningún ser humano sobre otro".

El núcleo central del humanismo como valor radica en el reconocimiento del ser humano como lo más importante dentro de todo lo importante, como el valor supremo, manifestado en la progresiva preocupación del individuo por la sociedad y de ésta por él, existiendo entre ambos una interconexión perdurable y armónica. El principio supremo del humanismo es, y ha de ser, en todo momento: el beneficio de cada miembro de la sociedad y de toda ella en su conjunto, independientemente del sexo, la edad o cualquier particularidad, todo lo cual ubica en el centro a la dignidad humana como esencia fundamental del mismo.

El Renacimiento tuvo como tema recurrente a la dignidad humana ; lo que nos revela que la atención estaba puesta en el ser del hombre.

Por su parte, muchos autores modernos y contemporáneos han buscado la dignidad de la persona humana en su capacidad de establecer relaciones intersubjetivas, de conocimiento y amor con otros seres humanos y en la formación de una comunidad con la humanidad. Sin embargo, estas investigaciones llevan sólo a una perfección humana basada en una existencia finita y no son suficientes para comprender el potencial de la persona humana hacia una perfección inconmensurable. Un nuevo humanismo debe reconocer un “ser infinito” con quien cada persona humana está llamada a entrar en comunión y a través de quien ella realiza una relación análoga con dignidad infinita.

El XX fue una centuria de grandes contradicciones, de manera muy particular con respecto a la dignidad humana. Por un lado, se produjeron desarrollos indudablemente alentadores para el hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos, por ejemplo, constituye una «piedra miliar» en la historia de la humanidad y aunque no está exenta de ambigüedades en su formulación y sobre todo en su aplicación, constituyó un paso de avance importante en el respaldo a esa dignidad del hombre que tanto se predica, erigiéndose como un instrumento para el incremento de la conciencia acerca de la necesidad de tutelar y de defender la dignidad humana contra discriminaciones o abusos, especialmente para la defensa de la mujer, la niñez, los pobres, los enfermos, apareciendo organizaciones que realizan un trabajo meritorio en algunos de estos campos de protección de la dignidad humana, a lo que se suman los indudables beneficios que, el desarrollo tecnológico ha traído para la humanidad, y que han abierto tantas esperanzas.

Sin embargo, el siglo XX también fue testigo de verdaderas barbaries y atropellos contra la dignidad del ser humano, las dos Guerras Mundiales, con su cruel sacrificio de vidas humanas y su secuela en destrucción; los economicismos, psicologismos, tecnologismos, biologismos, materialismos, con sus secuelas de extravío humano, injusticias y, tantas veces, muerte, para no detenernos en las guerras con sus controvertidas justificaciones y las consecuencias mundiales por el derrumbe de las torres gemelas.

El hombre es respetado solamente en la medida en que es posible instrumentalizarlo para que se afirme en su egoísmo. La raíz del totalitarismo moderno hay que verla, por tanto, en la negación de la dignidad trascendente de la persona humana, imagen visible de Dios invisible y, precisamente por esto, sujeto natural de derechos que nadie puede violar. Un humanismo exclusivo es un humanismo inhumano.

Así se ha atribuido al hombre el actuar con dignidad, definida esta como cuando las operaciones realizadas por una persona no parecen poner en juego el núcleo constitutivo de su propio ser. No busca apoyo en exterioridades inconsistentes, ni las requiere. Hay virtudes que, como la templanza y el desprendimiento de los bienes materiales, reflejan inmediatamente la idea de dignidad.

La "dignidad" es la bondad superior correspondiente a lo absoluto, a lo que es un fin en sí mismo, con independencia total de cualquier uso utilitario o gratificador que se le de, la dignidad de la persona humana, se manifiesta en la capacidad de captar la verdad en cuanto tal, de aprehender y querer lo bueno en sí y de apreciar y construir lo bello.

Además de esa dignidad que corresponde al plano ontológico, cabe hablar de una dignidad moral, la cual es una nobleza ulterior, derivada del propio carácter libre del hombre, de su índole de realidad incompleta, pero dotada de la capacidad de conducirse a sí misma a su perfección definitiva, a ser más persona.

La dignidad humana, como valor de fuerte carga ética, es comprendida ante todo como el derecho del humano a la conservación de su integridad individual y al respeto que merece el hombre o mujer por el simple hecho de ser humano, condición que lo hace incompatible con cualquier acto de degradación o discriminación humanas que son repudiados por la mínima sensibilidad, destacándose entre otros la obra de Erich Fromm quien nos presenta una serie de problemas y retos que ha tenido que afrontar el humanismo a través de la historia y los que debe superar hoy.

El humanismo siempre surgió como una reacción contra una amenaza que se cernía sobre el género humano; en el Renacimiento, contra la amenaza del fanatismo religioso; en el Iluminismo, contra la amenaza del nacionalismo extremo y de la esclavización del hombre por la máquina y por los intereses económicos. La actual revitalización del humanismo constituye la respuesta a una forma agudizada de esta última amenaza, el temor de que el hombre se convierta en esclavo de las cosas, en prisionero de circunstancias que él mismo ha creado y a la amenaza totalmente nueva que las armas nucleares plantean a la existencia física del género humano.

Posiblemente hoy debamos poner más énfasis en el gran peligro que amenaza al hombre de nuestra sociedad contemporánea que vive en este proceso de desmoralización y pérdida de valores, por eso la tendencia del neohumanismo ha de orientarse hacia el rescate y la promoción de los valores que den sentido a la vida humana, individual y comunitariamente.

Estas ideas acerca de cómo deben conceptualizarse o conformarse las ideas del nuevo humanismo no pueden dejar de ser tenidas en cuenta por el derecho en general y por el derecho penal en particular, pues se trata de una rama del ordenamiento jurídico en el que las consecuencias jurídicas que derivan del ejercicio del poder punitivo del Estado recaen sobre el ser humano y que inadecuadamente manejadas pueden ser invasivas para la dignidad humana.

La doctrina alemana, reconocida en nuestros tiempos por los importantes aportes que ha hecho en el ámbito del derecho penal, afirma que existe "un determinado núcleo de Derecho que según la conciencia jurídica general no puede ser vulnerado por ninguna ley ni por ninguna otra medida emanada del poder público". Considerando este núcleo inviolable y sustraído al ejercicio del poder estatal para proteger la dignidad humana. En realidad no carecen de razón quienes dicen que todo el Derecho Penal debe tender a la protección de la dignidad humana sosteniendo algunos que es un principio claro limitante del propio poder punitivo del Estado, se trata pues del logro de una adecuada ponderación entre los intereses sociales y el interés individual de quien siendo parte de ese conglomerado social ha afectado determinados bienes jurídicos.

Un hecho grave y materialmente antijurídico no puede ser permitido ni exigido, como tampoco pueden sancionarse con pena acciones que se mantengan dentro del marco de libertad tradicional en nuestro ámbito de cultura por lo que va a constituirse como un verdadero límite de derecho natural. Y en este sentido, la sujeción a los tratados internacionales impone un límite al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR