Expediente nº 5979/08 de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios, 18 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2009
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios

G., M.B. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ G., M.B. c/ OSCBA s/ revisión cesantías o exoneraciones de emp. publ.

E.. n° 5979/08 "G., M.B. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en 'G., M.B. c/ OSCBA s/ revisión cesantías o exoneraciones de emp. publ.'"

Buenos Aires, 18 de marzo de 2009

Vistos: los autos indicados en el epígrafe, resulta:

  1. A fs. 276/295 la Sra. M.G. inició una acción contra la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (OBSBA), a los efectos que (i) se declare la nulidad absoluta y manifiesta de los actos jurídicos administrativos cumplidos por la demandada, particularmente la resolución del 25/03/2004 (que la colocó en disponibilidad) y la resolución 194-OBSBA-2004 (que dispuso su cesantía), y (ii) se determine una indemnización por los daños materiales, biológicos, morales, psicológicos y a su proyecto de vida.

    Solicitó como indemnización de daños materiales que se le abonen las sumas correspondientes a la totalidad de sus haberes mensuales, sueldos complementarios, vacaciones, según liquidación que se practique hasta la sentencia definitiva; y en cuanto a la fundamentación de los restantes daños, se remitió a los estudios doctrinarios, trabajos científicos y publicaciones acompañados con la demanda (ver fs. 295).

    Si bien inicialmente calificó su acción como "amparo", solicitando subsidiariamente su conversión en juicio ordinario en caso de declararse improcedente la vía del amparo por estimar necesaria la producción de mayor prueba, luego peticiona que se sustancie este proceso en los términos de los arts. 464 y 465 CCAyT, que consagran el recurso de revisión de cesantías o exoneraciones a empleados públicos.

    En cuanto a los hechos en que funda su pretensión, manifiesta que desde el 1° de diciembre de 1993 se desempeñó como instrumentadora quirúrgica en el S.J.A.M. perteneciente a la OBSBA, al principio en carácter de contratada, y a partir del año 1997 como personal de planta permanente.

    A raíz de la remodelación en los quirófanos del Sanatorio, se adaptaron dos habitaciones de internación para cumplir esa función, que no reunían las condiciones de salubridad y seguridad para el personal que allí desempeñaba tareas laborales.

    En abril de 2003 perdió su primer embarazo, y al buscar las posibles causas de dicho aborto individualizó a los gases residuales anestésicos, manejados en forma inadecuada y en ambientes inadecuados, que también favorecen el desarrollo de otras múltiples patologías.

    Habiendo comenzado una nueva búsqueda de embarazo, con el visto bueno de su jefatura a partir de junio de 2003 no ingresó a quirófanos, pero continuó desarrollando tareas afines a su función (armado, reacondicionamiento y control de cajas de instrumental quirúrgico, preparación de quirófanos de partos, entrega de material a laboratorio y anatomía patológica, etc.). A partir de entonces comenzaron las presiones por parte de la Coordinadora General de la Planta Quirúrgica, Sra. B., para que ingresara a quirófanos.

    En noviembre de 2003 quedó nuevamente embarazada, y a las pocas semanas sufrió un nuevo aborto. Desde su reincorporación luego de este suceso, el 2 de febrero de 2004, continuó siendo perseguida por la Sra. B., quien inició el 11 de febrero de 2004 una carpeta pidiendo su pase fuera del área para desarrollar tareas administrativas.

    El 3 de marzo de 2004, el Director General del Sanatorio, Dr. M., en nota dirigida directamente a la Dirección General de Personal, "para salvaguardarla de cualquier agente que pudiera afectarle en su problemática de salud, decide el pase a disponibilidad de esa Dirección, para cumplir funciones administrativas". Y el 25 de marzo del mismo año, el Presidente de la OBSBA Sr. D. dispuso que "la agente, M.G., F.M. 358.603 quede a disponibilidad de la Dirección General de Personal hasta tanto se le asigne un destino para cumplir funciones". Dicha resolución le fue notificada personalmente a la actora con fecha 26 de marzo, quien firmó en disconformidad.

    Afirma que ella nunca solicitó el pase a otro sector, ni mucho menos a la OBSBA Central, y que los certificados médicos que acompañó, expedidos por su médico tratante Dr. D.V., determinan que por razones médicas no debe ingresar a los quirófanos (áreas de cirugía), pudiendo continuar con las actividades de preparación y reacondicionamiento de instrumental quirúrgico, para lo cual no existe contraindicación alguna. Destaca que sus compañeras embarazadas continúan desarrollando sin ningún tipo de objeciones tareas similares a las mencionadas. Y sostiene que su título habilitante, nombramiento y capacitación es el de instrumentadora quirúrgica, no el de empleada administrativa.

    El 27 de marzo de 2004 le envió al presidente de la OBSBA una carta documento ratificando su disconformidad con su pase a disponibilidad e informándole que a partir del 29 de marzo concurriría a continuar prestando servicios que le fueran asignados como instrumentadora quirúrgica, sin presencia en quirófanos. Al concurrir al nosocomio el 29 de marzo, acompañada por una escribana, se le negó el acceso.

    Posteriormente recibió dos cartas documento en la que se la intimó a presentarse en su lugar de trabajo, bajo apercibimiento de quedar incursa su conducta en las previsiones del art. 48 incs. a y b de la ley 471, que prevé la cesantía de los empleados públicos porteños ante abandono de servicio cuando medien 5 o más inasistencias injustificadas consecutivas del trabajador, previa intimación fehaciente a fin que retome el servicio (inc. a), y ante inasistencias injustificadas que excedan los 15 días en el lapso de 12 meses inmediatos anteriores (inc. b).

    Ambas cartas documentos fueron contestadas por la misma vía por la accionante, rechazando la intimación y las imputaciones vertidas. Asimismo, en la primera de ellas denunció estar cursando un nuevo embarazo...

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