Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 3, 12 de Julio de 2013, expediente 16.745

Fecha de Resolución12 de Julio de 2013
EmisorSala 3

Cámara Federal de Casación Penal Causa N° 16745

-Sala III– C.F.C.P

“GUEVARA, C.J. s/ recurso de queja“

Registro nº 1147/13

Buenos Aires, 12 de julio de 2013.

AUTOS, VISTOS:

  1. ) Que contra el pronunciamiento dictado por la Cámara Nacional de Apelaciones de Tucumán, por el que se confirmó el procesamiento sin prisión preventiva del imputado en orden al delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal, interpuso recurso de casación su defensa, cuya denegatoria motiva la presente queja.

    Y CONSIDERANDO:

    Los señores jueces doctor E.R.R. y doctora L.E.C. dijeron:

  2. ) Que habrá de confirmarse el rechazo del remedio deducido, pues la decisión cuestionada no puede ser impugnada por la vía del recurso previsto en el artículo 456 del rito.

    En ese orden, debemos señalar que el pronunciamiento recurrido no encuadra en las previsiones del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación. En efecto, son sentencias definitivas aquellas que dirimen la controversia poniendo fin al pleito o haciendo imposible su continuación y la norma equipara a ellas, por sus efectos, a los autos que ponen fin a la acción, a la pena o hacen imposible que continúen las actuaciones o denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena (vid. Sala III causa “M., Rosa s/ recurso de queja”, reg. n° 40, del 13/10/93; “Cerboni, A.D. y F., C.A. s/ recurso de queja”, reg. n° 52, del 19/11/93; “Buasso, M.L. s/ recurso de queja”, reg. n° 52

    bis, del 23/11/93; y “P., E. s/recurso de queja”, reg.

    n° 74, del 23/12/93, entre otras posteriores). No quedan comprendidas, en principio, dentro del concepto de “sentencia definitiva” las resoluciones que disponen la continuación de las actuaciones.

    Por lo demás, debe hacerse notar que la cuestión que pretende traerse a conocimiento de esta Sala resulta sustancialmente análoga a la que fuera materia de conocimiento y decisión por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente dictado en la causa S. 1062. XLVII.

    Sosa, C.G. s/ recurso de casación

    (rta. 3/5/12),

    ocasión en la que el Alto Tribunal, por mayoría, declaró mal concedido –por no dirigirse contra una sentencia definitiva o equiparable- el recurso extraordinario dirigido contra una resolución dictada por la Sala II de esta Cámara Federal de Casación Penal en los autos nº 13.239 caratulados “Sosa,

    C.G. s/ recurso de casación” (reg. 18.219, del 29/3/11). En ese caso, la S.I. había anulado el sobreseimiento de un individuo acusado de tener...

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