Sentencia nº AyS 1994 I, 373 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 15 de Marzo de 1994, expediente B 52119

PonenteJuez RODRIGUEZ VILLAR (SD)
PresidenteRodriguez Villar - Mercader - Vivanco - Negri - Pisano
Fecha de Resolución15 de Marzo de 1994
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

En la ciudad de la Plata, a 15 de marzo de 1994, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores R.V., M., V., N., P., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 52.119, "Gorchs, J.G. contra Municipalidad de La Plata. Demanda Contencioso Administrativa".

A N T E C E D E N T E S

I.J.G.G., por su propio derecho, promovió demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad de La Plata, solicitando la anulación de los decs. 1462 y 1766.

Por el primero de ellos, el señor Intendente Municipal de la comuna demandada, previa sustanciación de un sumario disciplinario, dispuso su exoneración de los cuadros de la administración con cita de los arts. 110 inc. 3º; 107, apartado II, inc. b) y 109 incs. 4º y 5º de la Ord. 5812, por considerar acreditado que el actor había transgredido los arts. 88 incs. a), b) y k) y 89 incs. a), b) y m) de la citada ordenanza. El dec. 1766 rechazó el planteo de nulidad y revisión que el actor formulara respecto al antecedente, considerándolo como recurso de revocatoria.

Al promover la demanda niega el actor los hechos sobre los que versó el sumario practicado en su contra. Sostiene la nulidad de los actos que impugna por vicios e ilegalidades habidas durante la tramitación de las actuaciones y, a todo evento, afirma que la administración ha incurrido en demasía sancionatoria.

  1. A su turno el representante legal de la Municipalidad de La Plata contesta la demanda, solicitando su rechazo. Argumenta en favor de la legitimidad de los decretos cuestionados por el actor.

  2. Agregadas las actuaciones administrativas en fotocopia sin acumular, producida la prueba ofrecida y glosados los alegatos, la causa quedó en estado de dictar sentencia, decidiéndose plantear y votar la siguiente

    C U E S T I O N

    ¿Es fundada la demanda?

    V O T A C I O N

    A la cuestión planteada, el señor Juez doctor R.V. dijo:

  3. De las actuaciones administrativas y de la prueba rendida surgen las siguientes circunstancias útiles para la decisión de la causa:

    1. Con fecha 6X87 el Intendente de la ciudad de La Plata ordena la instrucción de un sumario administrativo para determinar la responsabilidad del hoy actor en la comisión de transgresiones a los arts. 88 inc. "k" y 89 inc. "b" de la Ord. 5812, a raíz de la presentación de un presupuesto atribuido a una empresa de su propiedad en el trámite de adquisición por el sistema de compra directa de diversos artículos para la Casa del N.M.B. (fs. 23 de las act. adm.).

    2. Producida la prueba de cargo, cuyo detalle obra a fs. 72 de las actuaciones administrativas, el instructor sumariante dicta el auto de imputación, endilgando a G. la transgresión a los deberes contemplados en el art. 88 inc. "a" (prestación de servicios con diligencia), "b" (observar conducta decorosa y digna de confianza) y "k" (excusarse de intervenir en todo aquello en que la conducta del agente pudiera originar interpretación de parcialidad o concurra incompatibilidad moral) y la violación a las prohibiciones contempladas en el art. 89 incs. "a" (patrocinar o realizar trámites de terceros), "b" (dirigir o integrar sociedades que sean proveedoras de la municipalidad) y "m" (arrogarse atribuciones que no le corresponden). Da por probado los siguientes hechos: que el actor...

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