Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, 20 de Marzo de 2014, expediente 1401/2009

Fecha de Resolución20 de Marzo de 2014

Poder Judicial de la Nación Expte. N°:1401/2009

SENTENCIA DEFINITIVA N154258 JFSS 10- SALA II

En la ciudad de Buenos Aires,20 de marzo de 2014 reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos: "G.L.B.

C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS"; se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR L.R.H. DIJO:

Las presentes actuaciones llegan a conocimiento de esta S. en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia de grado.

La Anses apelante cuestiona el mecanismo de determinación del haber y las pautas de movilidad.

En orden al primero de los cuestionamientos introducidos a consideración de este Tribunal, cabe señalar que, de las constancias obrantes en autos y del expediente administrativo que corre por cuerda, revelan que el titular obtuvo su beneficio previsional al amparo de la ley 24.241, previo reconocimiento por parte de ANSeS de los servicios prestados en relación de dependencia y autonomos estos últimos no cuestionados por el organismo.

En tales circunstancias, los agravios introducidos en cuanto a los haberes dependientes encuentran adecuada respuesta en la doctrina del Superior Tribunal recaída en los autos "E.A. c/Anses s/Reajustes Varios", sent del 11 de agosto del año 2009 (E. 131 XLIV R.O), en donde confirmó la postura de esta Sala que ordenó la aplicación del índice de los salarios básicos de la industria y la construcción –personal no calificado-, escogido por la resolución 140/95, sin limitación temporal, criterio que aplico el juez de grado,

por lo que se desestima este agravio.

El planteo vinculado con la movilidad de la prestación, para el período posterior a la adquisición del beneficio, cuestionado en la Alzada, encuentra adecuada respuesta en lo resuelto por el Tribunal...

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