Resolución General 3645
Emisor | ADMINISTRACION FEDERAL |
Fecha de la disposición | 10 de Julio de 2014 |
ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución General 3645
Procedimiento. “Countries”, clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados, barrios privados, edificios de propiedad horizontal y otros. Régimen de información de montos en concepto de expensas, contribuciones para gastos y conceptos análogos. Resolución General N° 3.369. Su modificación.
Bs. As., 10/7/2014
VISTO la Resolución General Nº 3.369, y
CONSIDERANDO:
Que la citada norma estableció un régimen de información a cargo de los administradores de determinados inmuebles y los consorcios de propietarios de inmuebles afectados al régimen de propiedad horizontal, respecto de los importes que en concepto de expensas, contribuciones para gastos y conceptos análogos, determinan y perciben, por los bienes ubicados en “countries”, clubes de campo, clubes de chacras, barrios cerrados, barrios privados, edificios de propiedad horizontal y todo otro tipo de complejo urbanístico, situados en el país.
Que a los fines de optimizar el control de las obligaciones tributarias y la función fiscalizadora por parte de este Organismo, resulta conveniente incorporar como agente de información a los complejos urbanísticos privados y considerar comprendidos entre los mismos a los barrios de chacras y barrios náuticos.
Que asimismo, atendiendo a razones de administración tributaria, deviene necesario aprobar una nueva versión del programa aplicativo vigente.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Fiscalización y de Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
— Modifícase la Resolución General Nº 3.369, de la forma que se indica a continuación:
1. Sustitúyese el Artículo 1°, por el siguiente:
“ARTICULO 1°.- Establécese un régimen de información respecto de las expensas, contribuciones para gastos y demás conceptos análogos —gastos soportados en forma proporcional por los propietarios de inmuebles sitos en cualquier tipo de “urbanización o complejo urbanístico privado” o consorcios de propiedad horizontal o inmuebles afectados al régimen de...
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