Sentencia de SALA II, 14 de Agosto de 2015, expediente CCF 002656/2006/CA002

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2015
EmisorSALA II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 2656/2006 G.A.E. Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DEL INTERIOR POLICIA FED ARG s/DAÑOS Y PERJUICIOS En Buenos Aires, a los 14 días del mes de agosto de 2015, se reúnen en Acuerdo los señores jueces de la S. II de esta Cámara para dictar sentencia en los autos del epígrafe. Conforme con el orden de sorteo efectuado, el doctor R.V.G. dijo:

  1. Vienen estos autos con motivo del recurso de hecho deducido por la parte demandada contra la sentencia dictada por la S. III del Tribunal a fs. 189/192, mediante la cual confirmó el fallo del Juez de Primera Instancia condenando al Estado Nacional – Ministerio del Interior –

    Policía Federal, a abonar a A.E.G. la suma de $

    79.947,58, a P.S.A. y N.A.A. la suma de $ 134.970,79 a cada uno sin descontar la suma de $ 140.116,84 percibida por los actores en concepto de subsidio extraordinario (ley 16.973 y sus modificaciones).

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja interpuesta, declaró admisible el recurso extraordinario y en consecuencia, revocó la sentencia apelada, con el alcance precisado al fallar in re “L., J.C. c/ Estado Nacional – Ministerio del Interior - Policía Federal Argentina s/ daños y perjuicios” (L.377.XLI), del 18 de diciembre de 2007.

    Por ende, devolvió la causa para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento de acuerdo a lo allí expuesto (confr. fs. 309 y vta. y asignación de fs. 315).

  2. En el pronunciamiento de fs. 153/156, el Sr. Juez de primera instancia hizo lugar a la demanda promovida por A.E.G. –por sí y en representación de sus hijos menores de edad- P.S. y Fecha de firma: 14/08/2015 Firmado por: R.V.G.-.G.M.-.A.S.G.N.A.A. contra el Estado Nacional y R.S. de Á..

    La referida sentencia suscitó el recurso de ambas partes (fs. 157 y fs. 161). La actora expresó agravios a fs. 169/172 –replicado a fs. 179/181-

    y la demandada hizo lo propio a fs. 173/177.

    La actora se agravia que el a quo hizo lugar parcialmente a la demanda conteniendo dicho monto el descuento del crédito que tanto la actora como sus hijos percibieron en concepto de subsidio extraordinario por la muerte de su marido y padre respectivamente.

    A su vez, la representación estatal se agravia respecto a 1) que el sentenciante hizo lugar a la demanda basándose en normas de derecho común; 2) los montos indemnizatorios y 3) los intereses aplicados.

  3. En la resolución de fs...

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