Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 7 de Abril de 2015, expediente CAF 001304/2011
Fecha de Resolución | 7 de Abril de 2015 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III 1304/2011 F.J.L. c/ UBA-IUPFA-RESOL 13/10(9-II-10 Y 6-XII-
10) s/
Buenos Aires, 7 de abril de 2015.- MST Y VISTOS:
La liquidación practicada –a fs. 250/vta.- por la Dra.
V.P. –que ejerciera en las presentes actuaciones la dirección letrada de la parte actora- y la contestación formulada al respecto –a fs. 253/vta.- por la parte demandada. Y; CONSIDERANDO:
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Que, preliminarmente, es oportuno poner de resalto las siguientes constancias de autos –relativas a la cuestión aquí
controvertida- que preceden a la liquidación realizada por la Dra.
P.:
- que, por sentencia dictada el 28 de septiembre de 2012, se hizo lugar al recurso de apelación directa interpuesto en estos actuados –con costas a la parte demandada- y se regularon los honorarios de la mencionada profesional en la suma de $3.500 –confr.
fs. 163/169-; - que, por resolución del 22 de noviembre de 2012, se rechazó –con costas- el recurso extraordinario articulado por la parte demandada y se fijaron los emolumentos de la citada profesional en la suma de $2.000 –confr. fs. 205/vta.-; - que, por providencia de fecha 22 de mayo de 2013, se dispuso intimar a la parte demandada para que, en el plazo de 10 días, informara si contaba con partida presupuestaria para cancelar el crédito por honorarios reconocido en autos en favor de la Dra.
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por la suma de $5.500 y que, en su defecto, efectuare la comunicación prevista en el art. 22 de la ley nº 23.892, debiendo Fecha de firma: 07/04/2015 Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III 1304/2011 F.J.L. c/ UBA-IUPFA-RESOL 13/10(9-II-10 Y 6-XII-
10) s/
acreditar en estas actuaciones –en idéntico plazo- las gestiones realizadas al efecto –confr. fs. 219-; - que, el 11 de junio de 2013, se notificó a la parte demandada el proveído de fs. 219 –confr. fs. 220/vta.-; - que, por presentación de fecha 28 de junio de 2013, la parte demandada acompañó constancia que acreditaba la previsión para el Presupuesto 2014 de la suma total de $6.000: $5.500 en concepto de emolumentos establecidos en autos y $500 en concepto de intereses –confr. fs. 221 y fs. 222-; - que, por escrito presentado el 13 de noviembre de 2014, la parte demandada acreditó el depósito de la suma de $5.500 realizado el 27 de octubre de 2014 –confr. fs. 241/244-.
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Que, por...
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