Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 19 de Junio de 2014, expediente FTU 005960/2010

Fecha de Resolución19 de Junio de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

5960/2010. NACION FIDEICOMISOS S.A. C/ MULTIFRUT SRL -

EJECUCION PRENDARIA. JUZGADO FEDERAL DE TUCUMAN N° 2.-

S.M. de Tucumán, 19 de junio de 2014.-

VISTO: el recurso de apelación deducido a fs. 157, y CONSIDERANDO:

Mediante sentencia de fecha 22 de octubre de 2012 (fs.

146/155), el señor J. a quo ordenó rechazar, con costas, las excepciones de falta de personería, nulidad del contrato de prenda,

inhabilidad de título y de falta de acción opuestas por el ejecutado y, en consecuencia ordenó, se lleve adelante la ejecución promovida por Nación Fideicomisos S.A. en contra de Multifrut S.R.L., hasta hacerse íntegro pago del capital reclamado de $

510.000 más intereses correspondientes y, además, estableció que dichos intereses no podrán superar en más de una vez y media la Tasa Nominal Anual aplicada por la institución financiera a los préstamos personales hasta 18 meses, en pesos, con destino libre,

para empleados que perciban sus haberes a través del Banco de la Nación Argentina (Préstamos Nación Sueldos) por todo concepto,

no capitalizable, desde que dicha suma es debida, y hasta su efectivo pago, con más gastos.-

Disconforme, a fs. 157 el apoderado de los ejecutados interpuso en su contra recurso de apelación, fundándolo a fs.

183/203. La actora contestó los agravios a fs. 209/212, quedando de esta manera la causa en estado de ser resuelta por esta Alzada.-

  1. Se agravia el recurrente de la resolución mencionada por las siguientes razones:

    a.- La sentencia recurrida no hizo lugar a la falta de personería opuesta. Argumenta falta o insuficiencia del mandato otorgado a la apoderada del banco actor toda vez que al autorizar Nación Fideicomisos S.A. al Banco de la Nación para ejercer sus derechos, este último debería haber confeccionado nuevos poderes para que actuaran sus apoderados ya que tenía nuevas facultades que al otorgar los anteriores no las tenían.-

    b.- La sentencia rechazó la excepción de nulidad del contrato; sin embargo, al mismo le faltan dos requisitos esenciales:

    el acreedor prendario no es sujeto de derecho y la tasa de interés no está contemplada. Por lo tanto, el contrato es nulo de nulidad absoluta.-

    c.- El hecho de que el contrato de prenda fue firmado por el ejecutado no significa que los vicios de los que padece cuentan con su consentimiento, dado que el instrumento se encuentra viciado de nulidad absoluta.-

    Corrido el traslado, el banco esgrimió que el recurso de...

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