Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA I, 7 de Abril de 2015, expediente CIV 064551/2004/CA001

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I Expte. n° 64.551/2004 Juzgado n°18 “F.E.P. c/G.S., J.A. s/ nulidad de acto jurídico”

ACUERDO Nº En la Ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los días del mes de abril del año dos mil quince, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala “I”

de la Cámara Civil, para conocer de los recursos interpuestos en los autos: “F.E.P. c/G.S., J.A. s/ nulidad de acto jurídico” respecto de la sentencia corriente a fs. 306/307 de estos autos, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

Practicado el sorteo resultó que la votación debía hacerse en el orden siguiente: D.. UBIEDO, CASTRO y MOLTENI.

Sobre la cuestión propuesta la Dra. U. dijo:

  1. La sentencia de fs. 306/307 rechazó la demanda de nulidad de testamento interpuesta por E.P.F. contra J.A.G.S., con costas.

    Contra ese fallo apeló el actor, quien expresó

    agravios a fs. 326/329, los que no fueron contestados.

  2. El desarrollo de los hechos que se han dado en el caso y que derivaran en los conflictos que emergen de los tres procesos acumulados, hace necesario –para mayor claridad- efectuar una reseña de los antecedentes. Se han invocado por los respectivos interesados tres testamentos (dos por acto público y uno ológrafo)

    Fecha de firma: 07/04/2015 Firmado por: CARMEN UBIEDO- PATRICIA CASTRO- HUGO MOLTENI atribuidos al causante M.V.R.: El primero, del 20 de diciembre de 1999, a favor de E.P.F.; el segundo a favor de H.F.G. y C.F.G., del 24 de octubre de 2000; y un último, a favor de J.A.G.S., del 21 de febrero de 2002. La dificultad en establecer cual de ellos debe primar, motivó el inicio de los presentes actuados y de los autos conexos “G., H.F. y otros c/ G.S., J.A. s/ nulidad de acto jurídico” (Exp. 94.982/02); “B.J.R. c/Grimaldi, H.F. y otros s/nulidad de acto jurídico”

    (Exp. 109.775/11) y “F.E.P. c/G.H.F. y otros s/ nulidad de acto jurídico” (Exp. 55.687/04 ).

  3. El accionante demandó en autos la nulidad del testamento ológrafo otorgado por M.V.R. del que resultaba beneficiario el demandado. Fundó su reclamo en la falsedad de ese documento que –según invocó- no habría sido escrito ni firmado por el causante. S. expresó que de tratarse de la grafía del causante, al momento de la suscripción del mismo, aquel –atento su estado de salud mental-, no se encontraba en condiciones de comprender tal acto, ni sus consecuencias jurídicas.

    Como antes se indicó, el magistrado de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR