Fallo Nº 16.086

EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición30 de Septiembre de 2013

FALLO Nº 16.086(Publicación Abreviada)Mendoza, 30 de setiembre de 2013Visto en el Acuerdo de la fecha el Expediente N 353, Letra "A", en el que Contaduría General de la Provincia -Ministerio de Agroindustria y Tecnología - Anexo 07- Unidad Organizativa 01 rinde cuentas de la gestión administrativo-financiera y patrimonial correspondiente al ejercicio 2011, del queRESULTA:CONSIDERANDO:I… II…III. Que el Tribunal, analizando lo indicado por sus órganos asesores, respecto a las observaciones que se tratan a continuación, resuelve disponer la apertura de una pieza separada, a los fines de mejor resolver, y en beneficio de los responsables, de conformidad a las prescripciones del artículo 40 in fine de la Ley Nº 1.003, considerando la cuenta no integrada en estos aspectos. A través de la misma, las autoridades deberán aportar la documentación de descargo requerida en cada caso:EjercicioComprobanteN°FondoSaldoa Rendir 20112011Liq.Pu16K1.800,002011Liq.Pu17K1.800,002011Liq.Pu18K1.230,002011Liq.Pu19K5.010,002011Liq.Pu20K1.070,002011Liq.Pu21K1.585,002011Liq.Pu22K4.240,002011Liq.Pu23K3.350,002011Liq.Pu24K3.350,00TOTAL23.435,00–Normativa incumplida: Ley Nº 3799, arts. 38, 46, 63, 66 y 69; Ley Nº 5806, art. 2º; Decretos Nº 420/99, art. 8º.Responsables: Lic. Raúl Eduardo Mercau (1/1/2011 al 8/12/2011) y Cdor. José Luis Álvarez (9/12/2011 al 31/12/2011) -Ministros-, Lic. Javier Machado -Director de Administración-, Sra. Susana Vizioli -Subdirector de Contabilidad y Presupuesto- y Sra. María E. Dalvit -Jefe de Habilitación-.Posteriormente, al tomarse conocimiento que los fondos de la fiducia se encontraban depositados en las cuentas del I.S.C.A.MEN., se firma una Adenda al Contrato de Fideicomiso (1/10/2010) entre la Provincia, representada por el Ministro de Producción Tecnología e Innovación -en su carácter de Fiduciante-, Mendoza Fiduciaria S.A. -en carácter de Fiduciario- y el I.S.C.A.MEN. -en calidad de depositario de fondos del "Programa de Asistencia para la Cadena de Valor Vitivinícola- para que se incorpore al I.S.C.A.MEN. al contrato de fideicomiso, y se lo instruya para que aporte los fondos comprometidos por la Provincia. Dicha Adenda y el Contrato de Fideicomiso fueron aprobados por Decreto N° 2564 del 15/10/2010.La transferencia de fondos a Mendoza Fiduciaria S.A. se efectivizó por Orden de Liquidación N° 1956/10 del I.S.C.A.MEN., y se imputó el gasto al Presupuesto de dicho ejercicio a la partida 41302.Mendoza Fiduciaria S.A. remitió rendiciones parciales a Auditoría Interna del I.S.C.A.MEN., por ser ésta la Unidad Ejecutora de Proyectos de estos fondos ante la Nación, las que no han sido aprobadas por el I.S.C.A.MEN. Las rendiciones incluyen el siguiente detalle:SolicitanteCUITMonto aprobadoMonto rendidoMonto a rendirPalumbo Gottardini, Carlos 20-26936410-7100.000,0052.059,4847.940,52Coop. Vista Flores Ltda.30-51688015-1220.603,00220.603,00 - Tierra de Barros S.A.20-11509598-775.654,52 -75.654,52Coop. Beltrán Ltda.30-63040641-9202.790,89202.790,89 - Coop. Brindis30-63044100-1231.300,00231.300,00 - Coop. Tulumaya30-50332272-9231.300,00231.300,00 - Coop. Las Trincheras Ltda.30-51768362-7100.000,0049.633,5550.366,45Totales1.161.648,41987.686,92173.961,49SolicitanteCUITMonto otorgadoMonto rendidoMonto a rendirAlfredo y Jose Lanzarini SECPA30-51105129-7433.600,00433.600,00-Vides S.A.30-70993872-652.969,00-52.969,00433.600,0052.969,00En los legajos de los solicitantes obra la solicitud del crédito, el contrato de préstamo con Mendoza Fiduciaria, la garantía correspondiente, Actas del Comité Ejecutivo que aprueban el Financiamiento y el segundo desembolso luego de aprobada la rendición del primero por Mendoza Fiduciaria S.A., Informes técnicos de utilización del primer desembolso y viabilidad para la autorización del segundo y fotocopias de comprobantes de gastos que conforman el monto rendido. No hay documentación que respalde el cumplimiento de los criterios definidos respecto de los beneficiarios.El porcentaje ejecutado por Mendoza Fiduciaria es poco significativo, y el contrato de Fideicomiso firmado establece las operaciones de liquidación final recién para el año 2.016, por cuanto no se ha dado cumplimiento al plazo fijado en el Convenio para ejecutar los fondos.El contrato de Fideicomiso también establece la obligación del Fiduciario de rendir cuentas en...

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