Fallo Nº 15.363

EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición22 de Septiembre de 2009

FALLO Nº 15.363(Publicación Abreviada)Mendoza, 22 de setiembre de 2009Visto en el Acuerdo de la fecha el Expediente Nº 219, Letra "A", en el que el Hospital Central rinde cuentas de la gestión administrativo-financiera y patrimonial correspondiente al ejercicio 2007, del queRESULTA:CONSIDERANDO:ConceptoEstado Sit. Balance deDiferenciaPatrim.MayorActivo51.584.955,1551.584.955,150,00Pasivo11.081.326.0111.175.292,8393.966,82Patrimonio Neto40.503.629.1439.617.235,11886.394,03Del cuadro se observa:1110030003 Bco.Nación-62802417/52-Presupuesto3.300,00200.197,912121000016 Bonex con obligación de recompra46.983,412300000013 Transferencia bancaria250.481,32Rubro Créditoss/Balance19.685.705,55Rubro Créditoss/Inventarios12.676.107,86Diferencia7.009.597,69Rubro Bienes deUso s/Balance22.580.080,66Rubro Bienes deUso s/Inventario19.170.374,82Diferencia3.409.705,84Rubro Cuentas deImputación DiferidaErogaciones aImputar 41301s/Balance151.011,70Erogaciones aImputar 41301s/Inventario161.617,96Diferencia10.606,26Respecto al Jefe del Servicio de Hemoterapia, Dr. Rodolfo Nieto, expresa que se ha verificado que el Inventario de Insumos de Hemoterapia presentado por él, al 31 de diciembre de 2007, no presenta diferencias sustanciales, razón por la cual aconseja salvar el reparo en este punto. Los demás responsables contestan a fs. 1401 en los siguientes términos: "En oportunidad de contestar las presentes observaciones, estos responsables no cuentan aún con los inventarios de cierre de ejercicio 2007 con los cuales poder corroborar y explicar las diferencias detectadas; motivo por el cual, las mismas serán contestadas en cuanto se puedan compulsar los citados inventario, a los cuales es necesario acceder desde la Oficina de Contaduría del Hospital." (El subrayado es nuestro). En su informe complementario, la Revisión concluye en que la observación subsiste, debido a que los responsables no han explicado las diferencias que surgen de los inventarios acompañados por ellos mismos, conjuntamente con la presentación de la cuenta. La Secretaría Relatora aconseja instruir a los responsables para que presenten en los ejercicios siguientes los inventarios adecuadamente conciliados con los saldos contables. El Tribunal, compartiendo el criterio de la Revisión y atendiendo a la importancia de las diferencias detectadas entre los saldos contables y los inventarios presentados, decide abrir una pieza separada a efectos de que los responsables presenten la explicación documentada de las diferencias detectadas. 9. Anexo III - De la ejecución del presupuesto con relación a los créditos - registraciones: La presente observación se formuló porque las siguientes partidas no contaban con crédito autorizado ni norma legal para su ejecución. Presentan una ejecución presupuestaria en todas sus etapas por las siguientes sumas:Listado (rgtoAa30)PartidaDevengadoLiquidadoPagado741.01.18.4.954,004.954,004.534,00742.02.18.147.229,46147.229,46 147.229,46741.01.176. 27.709,10 27.709,1026.569,10742.02.176.685.009,02685.009,02 685.009,02Los responsables contestan a fs. 1379: "Las partidas observadas corresponden al pagado en el ejercicio 2007 en las clasificaciones económicas y financieras respectivos, por gastos ejecutados o devengados en el ejercicio anterior. Es decir, no corresponde a gastos del ejercicio 2007. No obstante el otorgamiento del crédito presupuestario que respalda el pago en el ejercicio 2007, es un acto administrativo que debe ser concretado por el nivel central del Ministerio de Salud, conjuntamente con el Ministerio de Hacienda; situación esta que no se concretó hasta el momento de presentar el cierre del ejercicio 2007. Dicho trámite fue gestionado por el Hospital en el expte. Nº…. caratulado "Remanente ejercicio 2006, financiamiento 18" y expte. Nº …." Remanente ejercicio 2006 financiamiento 176"; los cuales se encuentran a disposición de ese HTC para su consulta en la Oficina de Contaduría del Hospital." La Revisión considera que la observación subsiste, ya que los expedientes del remanente del 2006 citados por los responsables no se identifican a través de un número y, además, no constan las gestiones para que se registrara el crédito. Por lo tanto la cuenta no está documentada en este aspecto. Secretaría Relatora aconseja la apertura de pieza separada, criterio que es compartido por el Tribunal. 10. Anexo IV - De la ejecución del presupuesto con relación al cálculo de recursos y financiamiento: punto b): Se observó que el total recaudado (ingresado) en la cuenta 3110100000 Remesas de la Administración Central es mayor al cálculo definitivo.Cálculo Definitivo54.061.884,37Ingresado54.495.311,86Diferencia433.427,49Los responsables no aportaron contestaciones, por lo que la Revisión, atento a que Contaduría General de la Provincia remitió más dinero que lo que debía remitir, aconseja abrir una pieza separada a fin de poder identificar las causas de dicha diferencia.Proveedor: 8443 Abdala, Jorge EnriqueComprobante Parte de PagoCto Ret Fecha PagoPagado2007 259 21179 2007...

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