Fallo S/n/2010

Fecha de disposición05 Abril 2010
Fecha de publicación05 Abril 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31875

Que resulta competente la ANMAT en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1490/92 artículo 8º inc. n) y 10 inc. q).

Que en los términos previstos por el Decreto Nº 1490/92 en su artículo 8º inc. ñ) resulta necesario disponer la prohibición de comercialización en todo el país del producto mencionado.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y por el Decreto Nº 253/08.

disposiciones sinTeTiZAdAs FALLos SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION Disposición 433/2010

Bs. As., 17/2/2010

ARTICULO 1º

Categorízase a la institución CETENID S.A., C.U.I.T. 30-71035191-7 con domicilio legal en la calle Esmeralda 614, 2do. Piso, oficina A (1007) Ciudad Autónoma de Buenos Aires y real en Chacabuco 157, de la Localidad de Haedo, (1706) Provincia de Buenos Aires, bajo la Categoría definitiva 'B' para la prestación Centro Educativo Terapéutico,

ARTICULO 2º

Encuádrese la atención brindada por el citado establecimiento bajo la modalidad prestacional de Centro Educativo Terapéutico, con un cupo para 30 (treinta) concurrentes, con una modalidad de concurrencia en jornada simple y doble.

ARTICULO 3º

Inscríbase a la Institución CETENID S.A. en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

ARTICULO 4º

Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Dra. GRISEL OLIVERA ROULET, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación. -- Dra. MARCELA ALEJANDRA GABA, a/c Dirección de Promoción.

Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica PRODUCTOS ALIMENTICIOS Disposición 1214/2010

Prohíbese la comercialización y uso de determinado producto.

Bs. As., 18/3/2010

VISTO el expediente Nº 1-47-2110-389-10-0 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y,

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se originan a raíz de la nota enviada por la Municipalidad de Bahía Blanca al Dpto. Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos, por la que comunica las acciones llevadas a cabo con respecto al producto 'Queso rallado NADINA', peso neto 40 g, RNPA Expte.

Nº 12826 elaborado y comercializado por La Forestal SRL RNE Nº 04004458, Ruta Provincial Nº 138, Km. 113, La Playosa,

Provincia de Córdoba, lote 52, envasado 20

Jun 2009, fecha de...

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