Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 13 de Mayo de 2015, expediente CNT 014564/2011/CA001

Fecha de Resolución13 de Mayo de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA II Sent. Int. N.. 66688 14564/2011 F.D.A. c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION s/INDEMN. POR FALLECIMIENTO En la ciudad de Buenos Aires, a los 13 días del mes de mayo de 2015 siendo las 11.00hs., comparecen espontáneamente: POR LA PARTE ACTORA: el actor –

cónyuge supérstite- personalmente con DNI 11.287.510 asistido por su letrado apoderado DR. MIGUEL WÜST Tº26 Fº864 CPACF, ya presentado y ratificando el domicilio constituido en autos. En este estado constituye el domicilio electrónico “201144995232 wustmiguel@yahoo.com.ar”. POR LA PARTE DEMANDADA: Su letrado apoderado DR. EDUARDO OSCAR RUSSO Tº39 Fº596 CPACF, quien se presenta a mérito del poder que se glosa precedentemente y ratifica el domicilio constituido en autos. ABIERTO EL ACTO POR EL TRIBUNAL: T. por constituido el domicilio electrónico de la parte actora.

Téngase por parte, presentado en el carácter invocado y con el domicilio ratificado al DR. RUSSO. Invitadas las partes a una solución conciliatoria, manifiestan que han arribado a un acuerdo conciliatorio en los siguientes términos: 1)La parte actora manifiesta que reajusta su pretensión a la suma total, única y definitiva de $100.000 imputando dicha suma a diferencias en rubro “indemnización por fallecimiento”, desistiendo de los demás rubros reclamados; 2)La DEMANDADA manifiesta que sin reconocer hechos ni derechos y al solo efecto conciliatorio, acepta abonar la suma total, única y definitiva de $100.000 en tres cuotas de $40.000, $30.000 y $30.000, los días 8/6/2015, 8/7/2015 y 10/8/2015 mediante depósito judicial; 3)Asimismo, la DEMANDADA reconoce a la representación y patrocinio letrado de la parte actora en conjunto y por su actuación en ambas instancias, la suma de $20.000 más el importe correspondiente al IVA ($4.200)-(si correspondiere)-en concepto de honorarios, la que será abonada de la siguiente manera: en una cuota el día 8/6/2015 en estudio y persona de la representación y patrocinio letrado de la parte actora; 4)Entre la parte actora, y la DEMANDADA acuerdan que para el supuesto en el cual esta demandada no abonare las sumas pactadas precedentemente en las Fecha de firma: 13/05/2015 Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.F., SECRETARIO INTERINO fechas y formas indicadas, pagará un interés diario del 0,05%, produciéndose con ello la caducidad automática de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR