Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 5 de Julio de 2016, expediente FLP 063108965/2013/CA001

Fecha de Resolución 5 de Julio de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación La Plata, de julio de 2016.-

Y VISTOS: Este expediente N° FLP 63108965/2013/CA1, caratulado:

FALCON, O. c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

, proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Junín.-

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. Llega la causa a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la resolución del juez de primera instancia que le impuso las costas por el rechazo de la excepción de previo y especial pronunciamiento articulada (v. fs.

    58/60 y 54/55 vta., respectivamente).

    Precisamente, los agravios de la recurrente se centran en la imposición de costas a su cargo por la incidencia, en contradicción -según entiende- con lo previsto en el artículo 21 de la Ley N° 24.463.

  2. Dicho artículo señala, con relación a las acciones deducidas en el marco del artículo 15 de esa norma, que en todos los casos las costas serán por su orden.

    Sentado lo expuesto, no habiendo motivo razonable ni pretensión jurídica en contrario articulada por la accionante, no se justifica el apartamiento de la norma en el que incurre el juez a quo; máxime cuando la constitucionalidad de la mentada disposición procesal fue convalidada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (conf. Fallos:

    320:2792; 324:2360; 326:4998; 331:1873; 333:71; 334:210; entre otros).

    Por ello, en orden a las consideraciones que anteceden, SE

    RESUELVE:

    Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la demandada y, consecuentemente, REVOCAR la resolución apelada en cuanto impuso las...

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