Senzale Ermelinda C/barcia Jose S/prescripcion

Fecha de publicación23 Marzo 2009
Fecha de disposición23 Marzo 2009
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31620

Id., incisos 'e' por el tiempo de la condena, 'f' y 'h', en concordancia con el Art. 1026, inc. sin perjuicio de las sanciones que correspondieran en sede aduanera, con costas.

Amelia Pilar Parra, secretaria.

e. 12/03/2009 Nº 15983/09 v. 26/03/2009 El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE JUJUY,

FALLA:

  1. CONDENAR a Goynelida FLORES ARAMAYO, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS y SEIS MESES de PRISION, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el tiempo de la condena; inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionario o empleado aduanero,miembrodelapolicíaauxiliaraduanera, o de las fuerzas de seguridad, despachante de aduana, agente de transporte aduanero o proveedor de a bordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, inhabilitación absoluta por el doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, por encontrarla autora responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes, agravado por su destino de comercialización, previsto y sancionado por los art. 866 párrafo de la Ley 22415, en función del art. 864 inc. 'a' in fine, con más las inhabilitaciones del Art. 876 incs. 'e' por el tiempo de la condena, 'f' y 'h', en concordancia con el Art. 1026 inc. b Id, sin perjuicio de las que correspondan en sede aduanera, y las costas del juicio.II.- ORDENAR que por Secretaria se realice el COMPUTO de PENA.III.- ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.IV.- REMITIR a la condenada al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo.V.- MANDAR que por Secretaría se registre esté fallo, y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. --RENE VICENTE CASAS. -- ALBERTO OSCAR ARAGONE. -MARTA LILIANA SNOPEK. Ante mí: EFRAIN ASE, secretario.

    -- Cómputo de pena: Atento que Goynelida FLORES ARAMAYO fue detenida el día 15-05-08 (fs.2), y conforme el punto I del dispositivo del fallo condenatorio fue condenada a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, el cumplimiento de la pena privativa de la libertad opera el día de 15 de noviembre de 2.012.

    Secretaría, diciembre 30 de 2008.

    Efraín Ase, secretario.

    e. 13/03/2009 Nº 16233/09 v. 27/03/2009 El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE JUJUY,

    FALLA:

  2. CONDENAR a TERESA DALLY MENDOZA CUELLAR, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS de PRISION y multa de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 225) con más la de INHABILITACION ABSOLUTA por el tiempo de la condena, Art. 12 C.P. y las COSTAS del juicio, por resultar la nombrada autora responsable del delito de transporte de estupefacientes --cocaína--,

    Art. 5 inc. 'c' de la ley 23.737.

  3. ORDENAR que por Secretaria se realice el COMPUTO de PENA.III.- ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal y HACER entrega de la documentación perteneciente la encartada, dejándose copia certificada en autos --art. 171 ley 24.660--.

  4. REMITIR a TERESA DALLY MENDOZA CUELLAR al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo.

  5. ORDENAR que se notifique personalmente el presente fallo en la sede de este Tribunal.VI.- MANDAR que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes y se remita al lugar de detención la C.I.Bol. Nºn 3943910, art. 171 ley 24.660, dejándose copia certificada en...

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