Resolución Conjunta Nº 001 la Plata, 9 de Diciembre de 2009. Visto lo Establecido en elArtículo 55 de la Constitución , por elQue Se Creara elInstituto de la Defensoría del Pueblo, Estableciendo Que por Ley Especial Se Regulará Su Organización y Funcionamiento, y Considerando: Que en Cumplimiento de la Manda Constitucional, Esta Legislatura Sancionó la Ley 13.834. Que por Imperio de la Citada Ley, Fue Constituida la 'comisión Bicameral Defensor del Pueblo'. Que Dicha Comisión Bicameral Ha Cumplido los Requisitos Exigidos Para Proceder a la Propuesta de Quien Ocupará elCargo de Defensor del Pueblo, Recayendo la Misma en elDr. Carlos Eduardo Bonicatto, Dni 8.346.022. Que Ambas Cámaras Legislativas Han Aprobado la Propuesta Elevada por la Comisión Bicameral, Que Tramitará por Expediente D-2318/09-10 de la H. Cámara de Diputados y Expediente F-606/09-10 de la H. Cámara de Senadores. Que elInciso G) del Artículo 2º de la Ley Nº 13.834, Establece Que la Designación Se Formalizará, Una Vez Aprobada por Ambas ...

Alberto Edgardo Balestrini Presidente H. Cámara de Diputados Presidente H. Senado Manuel Eduardo Isasi Máximo Augusto Rodríguez Secretario Legislativo H. Cámara de Diputados Secretario Legislativo...

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