Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, 15 de Octubre de 2012, expediente 67.568

Fecha de Resolución15 de Octubre de 2012

Poder Judicial de la Nación Expediente nro. 67.568 – S.. 1

Bahía Blanca, 15 de octubre de 2012.

VISTO: El presente expediente nro. 67.568 de la secretaría nro. 1, caratulado “‘D., G., y otros, imp. de inf. art.

145 bis del CP’; Incidente de excarcelación de IGLESIAS,

V.H.”, venido del Juzgado Federal nro. 1 de la sede, para resolver sobre la apelación deducida a fs. sub 25/v. contra el auto de fs. sub 18/19.

El señor Juez de Cámara, doctor N.L.M.,

dijo:

  1. La decisión en crisis concede la excarcelación de V.H.I. (conducta prima facie incursa en el delito de trata de personas –agravado– {CódPen: 145 bis- 2 y 3})1.

    2.1. El fiscal apeló a f. sub 25/v., sobre la base de la pena en expectativa, la conducta del encartado y su presentación estratégica –no espontánea–. Agregó que “(e)l patrimonio, arraigo y ausencia de antecedente no son suficientes para fundar la excarcelación frente a la gravedad del delito, el poder coercitivo que el encartado ejercía sobre las víctimas y los medios con los que contó para mantenerse prófugo de la justicia”.

    2.2. A f. sub 48, la Fiscal General subrogante mantuvo los recursos interpuestos (CódPrPen.: 453), y a fs. sub 52/53 presentó

    el informe del CódPrPen: 454 (ley 26.374 y acordada CFABB 72/08:

    4to. y 5to.).

  2. La CámNacCasPen2, en concordancia con la línea del fallo plenario “D.B.”, señaló que: “...el análisis sobre la posible intención del imputado de evadir la acción de la justicia o entorpecer el curso de la investigación puede –según el caso– ser realizado valorando la severidad de la pena conminada en abstracto; la gravedad de los hechos concretos del proceso; la naturaleza del delito reprochado; el grado de presunción de culpabilidad del imputado; la peligrosidad evidenciada en su accionar; las circunstancias personales del encartado (individuales, morales, familiares y patrimoniales, si tiene arraigo,

    familia constituida, medios de vida lícitos, antecedentes penales o 1 C.fr. fs. sub 36/42 v.

    contravencionales, rebeldías anteriores, entre otros) que pudieran influir o orientar su vida, el cumplimiento de futuras obligaciones procesales y aumentar o disminuir el riesgo de fuga; la posibilidad de reiteración de la conducta delictual; la complejidad de la causa y la necesidad de producir pruebas que requieran su comparecencia, así como la posibilidad de que obstaculice la investigación impidiendo o demorando la acumulación de prueba o conspirando con otros que estén investigados en el curso normal del...

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