Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 7 de Diciembre de 2016, expediente CNT 001512/2015/CA001

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO.: 72730 EXPEDIENTE NRO.: 1512/2015 AUTOS: DOS SANTOS, G.J. c/ GALENO ART S.A.

s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 07 de diciembre de 2016 VISTO

Y CONSIDERANDO:

La parte actora en la presentación que realiza en forma conjunta con la demanada a fs. 135, manifiesta que desiste del recurso de apelación que interpuso a fs.

126/130, contra la sentencia de grado que obra a fs. 121/125, en el cual centra su crítica a la decisión de no aplicar las mejoras que emergen de las disposiciones de la ley 26.773.

En la presentación de fs. 135, ambas partes practican liquidación en forma conjunta y solicitan que las costas de Alzada se impontan en el orden causado (ver fs. 135, párrafo I).

Examinados los antecednetes de la causa y lo solicitado a fs. 135, cabe tener a la parte actora por desistida del recurso de apelación deducido a fs. 126/130, respecto de la cuestión que introdujo a revisión de esta Alzada y establecer las costas de esta instancia en el orden causado, dado la ausencia de réplica y lo expresamente solicitado por ambas partes a fs. 135,párrafo I (art. 68 del CPCCN.).

Por ello el Tribunal Resuelve: 1) Tener a la parte actora por desistida del recurso de apelación deducido a fs. 126/130. 2)...

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