Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA H, 14 de Abril de 2015, expediente CIV 112080/2007/CA001

Fecha de Resolución14 de Abril de 2015
EmisorSALA H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H "D., M.B. c/ Gobierno de la Ciudad Buenos Aires y otros s/ daños y perjuicios", Expte. 112.080/2007, Juzgado 70 En Buenos Aires, a días del mes de abril del año 2015, hallándose reunidos los señores Jueces integrantes de la Sala “H” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, a los efectos de dictar sentencia en los autos: "D., M.B. c/

Gobierno de la Ciudad Buenos Aires y otros s/ daños y perjuicios" y habiendo acordado seguir en la deliberación y voto el orden de sorteo de estudio, la Dra. A. de B. dijo:

I) Contra la sentencia obrante a fs. 628/640, en la que se rechazó la demanda incoada por M.B.D. contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, el S.J.M., el Dr. A. de la Torre, el Dr.

L.A. y la citada en garantía, apeló la parte actora a fs. 658, recurso que fue concedido a fs. 660. La parte actora expresó a agravios a fs.

708/717. Corrido el traslado de ley, De la Torre y su aseguradora contestaron a fs. 727/733 y A. contestó a fs. 735/736. En consecuencia, las actuaciones se encuentran en condiciones para que sea dictado un pronunciamiento definitivo.

II) El caso La actora sufrió una grave complicación mientras se efectuaba el neumoperitoneo para técnica laparoscópica cerrada con perforación de la aorta abdominal 3 cm por encima de su bifurcación que le ocasionó una hemorragia interna masiva con shock hipovolémico compensado con transfusiones y administración de expansores plasmáticos.

Sobre el acto médico en sí y de acuerdo con las constancias de la causa, en especial la pericia, la sentenciante descartó que hubiera culpa médica. Este aspecto no fue materia de agravio.

II) Agravios La parte actora se queja del rechazo de la demanda pero hace hincapié en el consentimiento informado, que fue –a contrario de lo que afirmó la Sra. Jueza a quo– insuficiente. Sostiene que la magistrada basó su Fecha de firma: 14/04/2015 Firmado por: S.P., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA decisión en expresiones que no se encontraban incluidas en el consentimiento informado. Afirma luego que si bien de ese documento surgía la posibilidad de hemorragias, “no es lo mismo una hemorragia en el dedo que una hemorragia en la arteria aorta”. Indica que el experto incurrió

en una contradicción cuando dijo, por un lado, que la lesión sufrida era clásica y, por otro, que no había sido mencionada porque solo se informaban las “más frecuentes”. Añade que el requisito previsto por la ley no es el de la probabilidad sino el de la previsibilidad de los riesgos que deben ser comunicados al paciente.

IV) Antecedentes En primer lugar, observo que en la demanda de fs. 85/90 –en el acápite “Hechos”– solo hay una oración dedicada al tema. Allí adujo la actora que si bien había firmado el consentimiento informado, en ningún momento se le había advertido que podía ocurrir un accidente tan grave como el que posteriormente sufrió. Resulta destacable, además, que no se incorporó ningún punto de pericia sobre ello al ofrecer la prueba.

Por otra parte, en el informe médico y como respuesta el primer punto pericial ofrecido por el codemandado A., el perito aseguró que se había brindado a la actora explicación general de las complicaciones, incluyendo las vasculares por hemorragias que obligaban a la conversión de técnica (fs. 398)

La accionante, al impugnar la pericia, insistió sobre aquella observación mencionada en la demanda: que el consentimiento informado había sido muy amplio y que no había contemplado la eventual lesión de la aorta. Agregó que hubiera sido razonable haber informado a la paciente acerca de esa “clásica complicación de cirugía”, como la había llamado el perito.

En la sentencia, la jueza preopinante sostuvo: “Acerca del consentimiento informado, describió el perito que se brindó a la actora explicación general de las complicaciones, incluyendo las vasculares por hemorragias que obligan a la conversión de técnica, sin detallar específicamente la que presentó. Pues bien, según el dictamen la lesión aórtica sufrida por la actora figura entre las complicaciones posibles (al Fecha de firma: 14/04/2015 Firmado por: S.P., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H punzar la cavidad abdominal), pero no frecuente; y en este aspecto se ha recomendado sopesar el grado de probabilidad de que el riesgo se manifieste, indicándose que si la probabilidad es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR