Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 11 de Diciembre de 2012, expediente 47.390

Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2012

Poder Judicial de la Nación CN°47.390 “D., R.A. s/cuestión de competencia”

Juzgado N°12 – Secretaría N°23

Reg. N°: 1471

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2012.-

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal, en virtud de la contienda negativa de competencia suscitada entre el Juzgado Federal N°12 de este fuero y el Juzgado Federal de Primera Instancia N°1 de La Plata, Provincia de Buenos Aires.

La causa se inició a raíz de la denuncia presentada por USO OFICIAL

A.F.R. de Erenchun, en su carácter de Director del Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cual advirtió

la existencia de una serie de maniobras de adulteración de diversos documentos relacionados a los actos de compraventa efectuados sobre cinco inmuebles,

ubicados en esta ciudad.

A lo largo de la instrucción se pudo determinar la participación del E.R.A.D., integrante del Registro Notarial de la ciudad de La Plata, quien habría participado como contratante y/o autorizante en los expedientes administrativos en trámite por ante el R.P.

  1. de Capital Federal.

En atención a ello, el Juez de grado, a fojas 1/5, se declaró incompetente para intervenir en la investigación, toda vez que la falsedad ideológica de las escrituras de mandato, las actuaciones notariales y el resto de la documentación dubitada se habría producido en la ciudad de La Plata.

El juez titular del Juzgado Federal de Primera Instancia N°1 de esa ciudad aceptó la competencia atribuida, escindiendo la investigación respecto del inmueble referido en la causa como “D”, que se encuentra ubicado en Avenida del Libertador 1080/4 de la C.A.B.A, matrícula FR 19-6905/127.

Ello, en virtud de que con los nuevos elementos de prueba incorporados por ese magistrado, atinentes a las irregularidades perpetradas en la elaboración de la escritura de compraventa e hipoteca número 179, autorizada en La Plata por el E.D. ante el Registro Notarial nro. 1052 de Capital Federal, se habría comprobado la existencia de un acto ilícito previo suscitado en esta ciudad, que habilitaría la competencia del juez a quo.

Ahora bien, a esta altura se pudo determinar que las maniobras de falsedad...

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