Disposición Normativa Serie 'b' Nº 024/06 de 30 de Marzo de 2006

La Plata, 30 de marzo de 2006.

VISTO y CONSIDERANDO: Que en el marco de un proceso de modernización que lleva a cabo la Administración Tributaria de la Provincia de Buenos Aires, se plantean nuevas modalidades de operaciones para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Que atento que los procedimientos vigentes han quedado desactualizados, resulta conveniente disponer lo necesario para que la utilización de los medios informáticos, en el cumplimiento de los deberes formales, sea un procedimiento de uso habitual.

Que las modalidades informáticas aplicadas a la gestión tributaria vienen siendo empleadas por la generalidad de los sujetos para la presentación y pago de las obligaciones fiscales de esta Provincia y de otros órdenes de la administración fiscal.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

INHERENTES AL CARGO DE DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS,

DE CONFORMIDAD AL DECRETO Nº 1167/05, DISPONE:

ARTICULO 1º

Todas las inscripciones en el impuesto de contribuyentes de Convenio Multilateral, con fecha posterior al 25/03/2006 deberán realizarse obligatoriamente de acuerdo al procedimiento normado en los siguientes artículos.

ARTICULO 2º

El contribuyente deberá concurrir a la Oficina de Distrito más cercana, adjuntando al formulario CM01 obtenido con el aplicativo "SD99" u otro que establezca la Comisión Arbitral, la siguiente documentación en original y un juego de fotocopias:

  1. En el caso de Personas Físicas:

    1. Fotocopia Constancia de inscripción en AFIP/ANSES (CUIT, CUIL, CDI). II. Fotocopia documentación del cual surja el domicilio fiscal declarado por el contribuyente en la Provincia de Buenos Aires, a saber: comprobante de pago de alguno de los servicios de luz, gas, provisión de agua potable y desagües cloacales, teléfono fijo o tasas municipales; o contrato de locación o título de propiedad de los domicilios declarados.

    2. Fotocopia Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento.

  2. En el caso de Personas Jurídicas:

    1. Fotocopia constancia de inscripción en AFIP (CUIT).

    2. Fotocopia documentación del cual surja el domicilio fiscal declarado por el contribuyente en la Provincia de Buenos Aires, a saber: comprobante de pago de alguno de los servicios de luz, gas, provisión de agua potable y desagües cloacales, teléfono fijo o tasas municipales; o contrato de locación o título de propiedad...

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