Disposición Nº 80/GCABA/DGCG/15

FirmantesMessineo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Contaduría
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2015

VISTO

La Ley 70 de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Publico de la

Ciudad de Buenos Aires, el Decreto N° 1000/99 reglamentario y la Disposición N° 203

- DGCG/2013, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 113 de la citada Ley, instituye a la Dirección General de Contaduría

como Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental, y responsable de

dictar normas, poner en funcionamiento y mantener dicho sistema en todo el ámbito

del Sector Público;

Que el artículo 110 establece que los actos u operaciones comprendidas en la

presente Ley deben hallarse respaldados por medio de documentos y registrarse

contablemente de modo que permitan la confección de cuentas, estados

demostrativos y balances que hagan factible su medición y juzgamiento;

Que, el Sistema de Contabilidad tiene por objeto registrar sistemáticamente todas las

transacciones económico financieras de las jurisdicciones y entidades, centralizando la

información en el Órgano Rector del Sistema Contable, procesar y producir

información financiera para la adopción de decisiones, presentar la información que se

procese y produzca sobre el Sector Publico se integre el Sistemas de Cuentas

Nacionales y mantener actualizada la base de datos de todos los actos de contenido

patrimonial de monto relevante;

Que por Disposición N° 203 - DGCG/2013 se apruebo la estructura del Plan de

Cuentas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y estableció que la convalidación

de cuentas imputables sea facultad del Director General de Contaduría o su Adjunto;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTADURIA

DISPONE

Artículo 1°

Convalidase el Plan de Cuentas del Gobierno de la Ciudad de Buenos.

Aires, que como anexo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR