Disposición Nº 48/GCABA/DGFEP/17

FirmantesBruzoni
EmisorDIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO

VISTO:

La Constitución de la CABA, la Ley N° 5460 y su modificatoria; la Ley N° 5494; el

Decreto N° 363/15, N° 141/16, N° 329/16, N° 675/16;

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Artículo 27

(párrafos 2 y 7) señala que la Ciudad "desarrolla en forma indelegable una política de

planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo

económico, social y cultural..." y promueve: "...2 La preservación y restauración del

patrimonio natural, urbanístico, arquitectónico y de la calidad visual y sonora"; "...7 La

regulación de los usos del suelo, la localización de las actividades y las condiciones de

habitabilidad y seguridad de todo espacio urbano, público y privado";

Que mediante la Ley N° 5460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires contemplándose entre estos al Ministerio de Ambiente y

Espacio Público, el cual tiene entre sus objetivos el de proteger, fiscalizar y mantener

el espacio público como también el de garantizar su uso común y su puesta en valor;

Que de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 141/16, la Dirección General de

Fiscalización del Espacio Público integra dicho Ministerio, dependiendo de la

Subsecretaría del Uso del Espacio Público;

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 141/16 y su modificatorio N°

329/16 y N° 675/16, se incluyó dentro de las responsabilidades primarias de esta

Dirección General la de Ejercer la fiscalización, control y verificación del ordenamiento

del espacio público, sobre aquellos elementos instalados y sobre aquellas actividades

desarrolladas, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cooperando y

coordinando acciones con las distintas dependencias del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. Confeccionar órdenes de inspección y fiscalización,

instrumentarlas y practicar las intimaciones necesarias. Labrar actas de comprobación

y realizar secuestros y/o decomisos de mercadería y/o de otros elementos según

correspondiere. Supervisar las intimaciones, labrado de actas de comprobación y las

medidas precautorias adoptadas en el marco del Código de Faltas de la Ciudad y

demás normativa vigente, por parte de las áreas que de ella dependen. Aplicar las

sanciones que correspondieren en el marco de sus...

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