Disposición Nº 433/2012

Fecha de disposición10 Diciembre 2012
Fecha de publicación14 Diciembre 2012
SecciónDisposiciones

Bs. As., 10/12/2012

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10258-264-2012 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa de la Dirección de Presupuesto y Finanzas, dependiente de la Subdirección General de Administración Financiera, en virtud del incremento y complejidad de las tareas derivadas de la gestión de la recaudación y de sus procesos vinculados.

Que asimismo, la continuidad en la implementación del Sistema SIGMA, posibilita el registro contable de las operaciones relacionadas con la gestión de la recaudación y la administración del presupuesto, siendo necesario en consecuencia, redefinir una estructura que responda a la gestión por procesos, reemplazando aquella que agrupaba competencias en relación al origen de los fondos administrados.

Que en ese sentido y sobre la base de una organización interna orientada a la atención de tales procesos, resulta conducente introducir adecuaciones en la composición orgánico-funcional de la Dirección de Presupuesto y Finanzas.

Que la Dirección de Presupuesto y Finanzas y la Subdirección General de Administración Financiera han prestado su conformidad.

Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Administración del Presupuesto”, dependiente de la Dirección de Presupuesto y Finanzas de la Subdirección General de Administración Financiera, pase a denominarse “Gestión y Control del Presupuesto”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

ARTICULO 2°

— Eliminar la unidad orgánica con nivel de División denominada “Contabilidad Económico Financiera”, dependiente del Departamento Gestión y Control del Presupuesto de la Dirección de Presupuesto y Finanzas.

ARTICULO 3°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Contabilidad de Costos”, dependiente del Departamento Gestión y Control del Presupuesto, pase a denominarse “Análisis Presupuestario y de Costos”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

ARTICULO 4°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Registraciones Contables”, dependiente del Departamento Administración de Recaudación de la Dirección de Presupuesto y Finanzas, pase a denominarse “Registro de Recaudación”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

ARTICULO 5°

— Eliminar la unidad orgánica con nivel de División denominada “Conciliaciones”, dependiente del Departamento Administración de Recaudación de la Dirección de Presupuesto y Finanzas.

ARTICULO 6°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Devoluciones y Ajustes de Recaudación”, dependiente del Departamento Administración de Recaudación, pase a denominarse “Devoluciones”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

ARTICULO 7°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Gestión de Especies Fiscales”, dependiente del Departamento Administración de Recaudación, pase a denominarse “Gestión de Instrumentos Fiscales de Control y Certificados”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

ARTICULO 8°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Administración de Fondos de la Seguridad Social”, dependiente del Departamento Administración de Recaudación, pase a depender del Departamento Tesorería General de la Dirección de Presupuesto y Finanzas.

ARTICULO 9°

— Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Contabilidad General” dependiente de la Dirección de Presupuesto y Finanzas de la Subdirección General de Administración Financiera.

ARTICULO 10 — Crear TRES (3) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Contabilidad Patrimonial”, “Contabilidad de Recaudación” y “Patrimonio” respectivamente, dependientes del Departamento Contabilidad General de la Dirección de Presupuesto y Finanzas.
ARTICULO 11 — Reemplazar en la estructura organizativa los Anexos A37 y B37, y en la parte pertinente, el Anexo C correspondiente a las áreas centrales, por los que se aprueban por la presente.
ARTICULO 12 — La presente disposición entrará en vigencia a partir del primer día hábil administrativo del año 2013.
ARTICULO 13 — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

ANEXO A37

ANEXO B37

SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION FINANCIERA

DIRECCION DE PRESUPUESTO Y FINANZAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la gestión económica, financiera y presupuestaria del Organismo y administrar los recursos de origen impositivo, aduanero y de la seguridad social.

ACCIONES

  1. Coordinar el Régimen Económico Financiero del Organismo.

  2. Entender en la emisión de la Memoria, Estados Contables y de Recaudación del Organismo.

  3. Entender en la registración y conciliación de la recaudación a cargo del Organismo y en la distribución de los recursos de la seguridad social.

  4. Entender en las liquidaciones de devoluciones, reembolsos, repeticiones y reintegros en sede judicial o administrativa.

  5. Entender en la gestión bancaria y financiera, relativa al movimiento de fondos del Organismo y en todo lo vinculado a la administración de Instrumentos Fiscales de Control y Certificados de Crédito Fiscal.

  6. Entender en las tareas relativas a liquidaciones de carácter presupuestario.

  7. Entender en la tramitación de asuntos legales en los que la Dirección tenga competencia derivados del Régimen Económico Financiero vigente y de la gestión de la recaudación a su cargo.

  8. Entender en la elaboración y actualización de normas que permitan regular y formalizar la gestión de las distintas áreas del Organismo, en aquellas cuestiones vinculadas con su competencia específica.

  9. Ejercer el cargo de Administración de Relaciones en los términos y competencias atribuidas en la Resolución General Nº 2239 y sus modificatorias.

  10. Entender en la elaboración de informes destinados a satisfacer requerimientos de los Organismos que actúan como Organos Rectores en la materia y/o de Control.

  11. Coordinar la distribución de la documentación de la Dirección, supervisar el adecuado mantenimiento y conservación de los bienes patrimoniales asignados a la misma y atender los asuntos inherentes al personal de la jurisdicción.

    DIVISION COORDINACION DE ASUNTOS LEGALES, ECONOMICOS Y FINANCIEROS

    ACCION

    Intervenir en la coordinación y supervisión de los trámites administrativos de cancelación de deudas consolidadas, en los originados en causas judiciales, en los quebrantos impositivos, en los sumarios administrativos, en la tramitación de oficios judiciales, en la recepción de cesiones de derechos y acciones, y entender en los aspectos legales de los asuntos en los que la Dirección de Presupuesto y Finanzas tenga competencia.

    TAREAS

  12. Coordinar y dirigir la gestión de los trámites administrativos originados en las deudas institucionales litigiosas o controvertidas administrativamente.

  13. Intervenir en la liquidación administrativa y gestión de los pagos, de capital de condena, honorarios y gastos causídicos que deban ser abonados en efectivo.

  14. Supervisar las tramitaciones que como consecuencia de las tareas propias del área deban efectuarse ante los estrados judiciales.

  15. Proponer las medidas conducentes a optimizar los flujos de trabajo entre las distintas áreas del Organismo afectadas al trámite de requerimientos de pago de deuda consolidada y no consolidada.

  16. Entender en la cobranza administrativa de las acreencias que se devenguen a favor del Organismo en las que tenga competencia la Dirección de Presupuesto y Finanzas.

  17. Intervenir en los aspectos legales de los trámites de...

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