Disposición Nº 21/GCABA/DGET /15
Firmantes | Nardi |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Evaluación Técnica - Apra |
Fecha de la disposición | 14 de Enero de 2015 |
VISTO:
Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117-
DGTALAPRA, el Expediente N° 2.036.608/12, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: "Vivienda colectiva. Garage comercial (604.070). Estudio profesional
(604.182). Comercio minorista de artículos de óptica y fotografía (603.100). Comercio
minorista de artefactos de iluminación y del hogar, bazar, platería, cristalería
(603.102). Comercio minorista de máquinas de oficina, cálculo, contabilidad,
computación, informática (603.150)", a desarrollarse en Avenida Cabildo N°
2.831/35/37/39/41/45/47/49/51/53. 1°, 2°, 3°, 4°, 5° Subsuelo, Planta Baja, 1°, 2°, 3°,
4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15° Piso, de esta Ciudad, con una
superficie de 15.405,69 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 16, Sección: 27,
Manzana: 3, Parcela: 14/15, Distrito de Zonificación: C2;
Que en el Informe N° IF-2013-15529740-DGET, de fecha 24 de octubre de 2.014, la
Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera
a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;
Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta
menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;
Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;
Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento
de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria
especial para su verificación;
Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular
de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se
establecen;
Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal,
ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.
Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-
137-APRA, N° RESOL-2014-228-APRA ,
EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA
DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DISPONE
Garage comercial.
(604.070). Estudio profesional (604.182). Comercio minorista de artículos de óptica y
fotografía (603.100). Comercio minorista de artefactos de iluminación y del hogar,
bazar, platería, cristalería (603.102). Comercio minorista de máquinas de oficina,
cálculo, contabilidad, computación, informática (603.150)", a desarrollarse en Avenida
Cabildo N° 2.831/35/37/39/41/45/47/49/51/53. 1°, 2°, 3°, 4°, 5° Subsuelo, Planta Baja,
1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15° Piso, de esta Ciudad, con una
superficie de 15.405,69 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 16, Sección: 27,
Manzana: 3, Parcela: 14/15, Distrito de Zonificación: C2, como de Impacto Ambiental
Sin Relevante Efecto.
S.A., titular de la actividad indicada en el artículo 1°.
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