Disposición Nº 21/GCABA/DGET /15

FirmantesNardi
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Evaluación Técnica - Apra
Fecha de la disposición14 de Enero de 2015

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117-

DGTALAPRA, el Expediente N° 2.036.608/12, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Vivienda colectiva. Garage comercial (604.070). Estudio profesional

(604.182). Comercio minorista de artículos de óptica y fotografía (603.100). Comercio

minorista de artefactos de iluminación y del hogar, bazar, platería, cristalería

(603.102). Comercio minorista de máquinas de oficina, cálculo, contabilidad,

computación, informática (603.150)", a desarrollarse en Avenida Cabildo N°

2.831/35/37/39/41/45/47/49/51/53. 1°, 2°, 3°, 4°, 5° Subsuelo, Planta Baja, 1°, 2°, 3°,

4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15° Piso, de esta Ciudad, con una

superficie de 15.405,69 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 16, Sección: 27,

Manzana: 3, Parcela: 14/15, Distrito de Zonificación: C2;

Que en el Informe N° IF-2013-15529740-DGET, de fecha 24 de octubre de 2.014, la

Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera

a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular

de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se

establecen;

Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal,

ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.

Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-

137-APRA, N° RESOL-2014-228-APRA ,

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA

DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE

Artículo 1° Categorízase el proyecto: "Vivienda colectiva

Garage comercial.

(604.070). Estudio profesional (604.182). Comercio minorista de artículos de óptica y

fotografía (603.100). Comercio minorista de artefactos de iluminación y del hogar,

bazar, platería, cristalería (603.102). Comercio minorista de máquinas de oficina,

cálculo, contabilidad, computación, informática (603.150)", a desarrollarse en Avenida

Cabildo N° 2.831/35/37/39/41/45/47/49/51/53. 1°, 2°, 3°, 4°, 5° Subsuelo, Planta Baja,

1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15° Piso, de esta Ciudad, con una

superficie de 15.405,69 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 16, Sección: 27,

Manzana: 3, Parcela: 14/15, Distrito de Zonificación: C2, como de Impacto Ambiental

Sin Relevante Efecto.

Artículo 2° Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre Onix Caballito

S.A., titular de la actividad indicada en el artículo 1°.

Artículo 3° Se establecen las siguientes...

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