Disposición Nº 1986/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 3 de Noviembre de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 14.751.096/2014, por el que se consulta sobre el Proyecto de
Demolición total y Obra nueva, en el inmueble sito en la calle Caseros N°
3039/41/43/45, de acuerdo al proyecto presentado de Páginas 27 a 32 del documento
Registro N° 14743992-DGROC-2014 (s/N° de Orden 2), y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un predio que se encuentra emplazado en un Distrito C3II (Parágrafo
5.4.2.3 b)) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, e inscripto
dentro del polígono afectado al "Distrito Tecnológico";
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°
15476897-DGIUR-2014, indica que respecto de la normativa aplicable, de acuerdo a lo
solicitado en el presente caso, se informa que el Artículo 8.3.1.1.1 "Área de Desarrollo
Prioritario 1 - Sub-área "Distrito Tecnológico", establece:
"...
-
Se declara Área de Desarrollo Prioritario (ADP N° 1 - Sub-Área "Distrito
Tecnológico") al siguiente polígono:
Polígono delimitado por las parcelas frentistas a las Avenidas Sáenz, Boedo, Chiclana,
Sánchez de Loria y Brasil, las parcelas frentistas a las calles Alberti y Manuel García y
las parcelas frentistas a la Av. Amancio Alcorta (ambas aceras).
-
Normas Particulares: Área destinada en forma prioritaria a la localización de
Actividades TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones), en convivencia
con los usos admitidos en los distintos Distritos de Zonificación que componen el área.
-
Usos Permitidos: Los consignados en el Cuadro de Usos N° 5.2.1a) para los
Distritos de Zonificación que componen el área.
-
Factor de ocupación total (F.O.T.): El incremento especificado en el Parágrafo
8.3.1.1 inciso b) será también aplicable en este Sub-Área a los edificios destinados al
uso Actividades TIC o a edificios de uso mixto Residencial - Actividades TIC, sin
superar en ningún caso el 25% en total, siendo el resto de las normas de tejido las
correspondientes al respectivo distrito de zonificación...";
Que efectuado el análisis de la documentación declarada por el profesional actuante,
visible en el documento Registro N° 14743992-DGROC-2014, incluido en el
Expediente Electrónico de referencia (s/N° Orden 2): Plano de Demolición total y obra
nueva (de Pág. 30 a 32); Estudio volumétrico (Pág. 27); Plano de antecedente -
Relevamiento de muros medianeros (de Pág. 16 a 18); Relevamiento fotográfico (de
Pág. 19 a 26); Consulta catastral - Medidas perimetrales y anchos de calle, así como
de documentación extraída del sistema de información interna "Parcela Digital
Inteligente" y "USIG", se informa que:
-
Se trata de una propuesta de obra nueva, a localizarse en el predio resultante del
englobamiento de las Parcelas 32 y 33 de la manzana delimitada por las calles,
denominada como Parcela 32a, según se desprende del plano de mensura particular
...
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