Disposicion 136/2008 - Dgi

Fecha de disposición10 Julio 2008
Fecha de publicación10 Julio 2008
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31443

Dase de baja a la Obra Social Encargados Apuntadores Marítimos del Registro de Obras Sociales para la Atención de Jubilados y Pensionados Españoles.

Bs. As., 3/7/2008

VISTO las Resoluciones Nros. 544/05-SSSalud y 102/06-SSSaludyelExpedienteNº 101.312/06SSSalud; y CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 102/06-SSSalud se inscribió a la OBRA SOCIAL ENCARGADOS APUNTADORES MARITIMOS (RNOS 1-1170) en el Registro de Obras Sociales para la Atención de Jubilados y Pensionados Españoles.

Que con posterioridad se presenta la entidad, explicitando las razones por las cuales peticiona se proceda a darle de baja del citado Registro.

Que las Gerencias de Asuntos Jurídicos, de Gestión Estratégica y de Control Prestacional toman la intervención de su competencia, no formulando objeciones a lo solicitado por el Agente del Seguro de Salud, advirtiendo que la Obra Social deberá mantener su obligación respecto de aquellos beneficiarios que hubiese afiliado.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615/96, 96/06 y 131/06 P.E.N.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD RESUELVE:

Artículo 1º

Dése de baja a la OBRA SOCIAL ENCARGADOS APUNTADORES MARITIMOS (RNOS 1-1170) del Registro de Obras Sociales para la Atención de Jubilados y Pensionados Españoles, debiendo mantener su obligación respecto de aquellos beneficiarios que hubiese afiliado.

Art. 2º

Regístrese, comuníquese, publíquese, désealaDirecciónNacionaldelRegistroOficialyoportunamente, archívese. -- Héctor A. Capaccioli.

DISPOSICIONES Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario PRODUCCION AGROPECUARIA Resolución 1747/2008

Establécesequelosinteresadosquepretendan accederalascompensacionesestablecidaspor la Resolución Nº 378/2007, sus modificatorias ycomplementarias,seencontraráneximidosde acompañar las constancias documentales que respalden las operaciones volcadas en las declaraciones juradas respectivas.

Bs. As., 4/7/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0268720/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 y su complementaria Nº 40 de fecha 25 de enero de 2007, modificada por la Resolución Nº 145 de fecha 7 de septiembre de 2007, todas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se crea en el ámbito del citado Ministerio un mecanismo destinado a otorgar subsidios al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja y los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la alimentación de las distintas especies animales y a definir las clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensaciones.

Que desde su creación se incorporaron al sistema de compensaciones a Productores de Trigo,

Industriales Molineros y Usuarios de Molienda,

Establecimientos Faenadores Avícolas, Molinos de Harina de Maíz --Molienda Seca--, a Productores y Engordadores de Cerdos y Engorde de Ganado Bovino a Corral (Feed Lots), mediante las Resoluciones Nros. 378 de fecha 17 de enero de 2007 y sus modificatorias, 1887 de fecha 10 de julio de 2007, 746 de fecha 29 de enero de 2007, 328 de fecha 3 de abril de 2007, 1379 de fecha 23 de febrero de 2007 y su modificatoria, 1378 de fecha 23 de febrero de 2007 y sus modificatorias, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, respectivamente.

Que desde la implementación del mecanismo de compensación esta Oficina Nacional se encuentra abocada a establecer un procedimiento administrativo que dé operatividad y agilidad al régimen.

Que en esta etapa de desarrollo y en virtud de los controles que se encuentra realizando mediante el cruzamiento de datos con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR