Disposición Administrativa D.P. Nº 73 de 24 de Abril de 2009
La Plata, 24 de abril de 2009.
VISTO la Resolución Ministerial 402 de fecha 14 de septiembre de 1998, que implementa la aplicación del sistema de casilla cerrada para el retiro de documentación en forma exclusiva para el Registro de la Propiedad, con motivo del cambio de sede física de esta Dirección; y
CONSIDERANDO:
Que atento al dictado de las Disposiciones Técnico Registrales 1 y 2/2007, no resulta necesario que se emita para la renovación de las Casillas Personales el certificado de libre deuda, ya que la Unidad de Control y Gestión de Calidad verifica el pago de las tasas registrales que surgen de la Ley 10.295 y sus modificatorias;
Que, por lo tanto, es conveniente dictar una nueva reglamentación adaptada a una mejor operatividad;
Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, DISPONE:
Aprobar la reglamentación para el uso del Sistema de Casillas Personales para el retiro de documentación registral que, como Anexo I, se agrega a la presente.
El Reglamento entrará en vigencia a partir del día 11 de mayo de 2009.
Derogar las Disposiciones Administrativas Nº 31/07 y toda otra norma anterior dictada para regular el Sistema de Casillas Personales.
El régimen de entrega, asignación de agentes, horarios de encasillado, seguridad de la documentación y espacio establecido a tal fin, estará a cargo del Departamento Recepción y Prioridades y los Jefes de cada una de las Delegaciones Regionales que presten este servicio.
Registrar como Disposición Administrativa. Comunicar a las Direcciones Técnica y de Servicios Registrales, a todas las Subdirecciones, Departamentos y Delegaciones que conforman este Organismo. Poner en conocimiento de los Colegios Profesionales interesados. Cumplido, archivar.
Roberto Daniel Prandini
Director Provincial
REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN POR CASILLA PERSONAL
Tendrán derecho a recibir la documentación registral por Casilla Personal los Profesionales y Gestores Administrativos que se abonen al servicio, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:
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Completar, suscribir y presentar la solicitud de servicio.
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Presentar certificado de vigencia de la matrícula profesional expedido por el Colegio respectivo.
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Pagar la suma estipulada para cada período, sin fraccionamientos, de acuerdo a lo que establece el Art. 5º del presente reglamento.
También tendrán el derecho...
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