Disposición 805 - E.

Fecha de disposición29 Septiembre 2016
Fecha de publicación29 Septiembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 805 - E/2016

Buenos Aires, 23/09/2016

VISTO el Expediente N° 1-2002-4300017687/15-8 del Registro de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN (SNR), y

CONSIDERANDO:

Que por medio del mismo tramita la categorización e inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, de la institución "PUERTAS ABIERTAS S.R.L.", en la modalidad prestacional Servicio de Apoyo a la Integración Escolar.

Que la institución cuenta con domicilio legal en la calle Chile N° 924, piso 1°, departamento "B", Código Postal N° 1098, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y real en la Avenida Mitre N° 5485, Código Postal N° 1874, de la localidad de Wilde, partido de Avellaneda, provincia de Buenos Aires.

Que el día 8 de junio de 2016 se llevó a cabo la Auditoría de categorización en terreno, obrando agregada al expediente el acta debidamente notificada.

Que se procedieron a evaluar los antecedentes del servicio de la mencionada institución según el MARCO BÁSICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE PRESTACIONES Y ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD aprobado por Resolución Ministerial N° 1328/06.

Que para la evaluación mencionada se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por Resolución N° 14/00 del PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (PDSPBAIPD).

Que merituando la constatación en terreno y la documentación aportada, la Junta Evaluadora emitió el informe que hace a su competencia el 13 de junio de 2016, en el que concluyó que la institución no se encontraba en condiciones de ingresar al Registro Nacional de Prestadores.

Que en la misma fecha, la interesada acompaño documentación, manifestando la subsanación de la totalidad de las observaciones realizadas por la Junta y solicitando una nueva auditoría en terreno.

Que atento no haberse dictado el acto administrativo que resolviera la petición y por el principio de verdad material que le asiste al interesado, se propició la realización de una nueva auditoría en terreno.

Que la misma se llevó a cabo el 12 de agosto de 2016.

Que la evaluación se realizó conforme a la Resolución Ministerial N° 1328/06 y se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por Resolución N° 14/00 (PDSPBAIPD).

Que merituando la constatación en terreno y la documentación aportada...

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