Disposición 80 - E.

Fecha de disposición01 Diciembre 2016
Fecha de publicación01 Diciembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Disposición 80 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2016

VISTO el Expediente N° 62.204/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente de Referencia obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS ACEITEROS DE JUNIN por la parte sindical, y la empresa NIDERA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el presente acuerdo las partes establecen abonar una gratificación extraordinaria y excepcional de carácter no remunerativo, para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 1452/15 "E", y que hayan ingresado antes del 1 de Diciembre de 2015, conforme surge del texto convencional traído a marras.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 186/16.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS ACEITEROS DE JUNIN por la parte sindical, y la empresa NIDERA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresarial, que luce a fojas 2 del Expediente N° 64.204/15, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°

Gírese la presente Disposición a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la...

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