Disposicion 8

Fecha de publicación29 Febrero 2008
Fecha de disposición29 Febrero 2008
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31356

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº 40/89

PLANILLA 1/08

SALARIOS BASICOS A PARTIR DEL 1º DE MAYO DE 2008

EMERGENTES DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO, ITEMS 6.1.1. Y 6.2.13 (1) Al Sur del Río Colorado y su continuidad con el Río Barrancas hasta el Río Santa Cruz (2) Al Sur del Río Santa Cruz.

LAS ASIGNACIONES NO REMUNERATIVAS SERAN PARA LA ACTIVIDAD GENERAL DE $ 100,

PARA LA RECOLECCION DE RESIDUOS $ 100, Y DE $ 140 PARA EL TRANSPORTE DE CAUDALES.

VIATICOS Y OTROS ADICIONALES QUE CONFORMAN LOS SALARIOS (1) Al Sur del Río Colorado y su continuidad con el Río Barrancas hasta el Río Santa Cruz, se incrementan los ítems 4.1.12, 4.1.13 y 4.1.14 en un 20%.

(2) Al Sur del Río Santa Cruz, se incrementan los ítems 4.1.12, 4.1.13 y 4.1.14 en un 40%.

En la ciudad de Buenos Aires, a los 4 días del mes de diciembre de 2007, se reúnen por una parte la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas,

Logística y Servicios, con domicilio en la Avda. Caseros 921, de la DE LA REPUBLICA ARGENTINA Presidencia de la Nación Secretaría Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial Presentando la factura en los locales de venta se entregan sin cargo los 3 ejemplares.

Para más información consulte:

Costo por www.boletinoficial.gov.ar E-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar o comuníquese al 4322-4055 (Líneas rotativas) $56los 3 días de publicación Edictos Sucesorios Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.356 24Viernes 29 de febrero de 2008

SEGUNDA) La norma creada en la cláusula anterior tendrá el siguiente cronograma de cumplimiento: los empleadores que actualmente abonan a su personal alguno de los dos ítems (es decir el 4.1.12 o el 4.1.13), abonará el restante de conformidad con el siguiente cronograma: 1) Un cincuenta por ciento (50%) del valor del ítem que correspondiera conjuntamente con las remuneraciones del mes de diciembre de 2007; 2) Un setenta y cinco por ciento (75%) del valor del ítem que correspondiera conjuntamente con las remuneraciones del mes de febrero de 2008 y 3) cien por ciento (100%), del valor del ítem que correspondiera conjuntamente con las remuneraciones del mes de abril de 2008.

TERCERA) La actividad prevista en el Capítulo 5.2. Transporte de Clearing y Carga Postal, en función de la incidencia que esta modificación convencional habría de provocarle, tendrá el siguiente cronograma de cumplimiento: 1) Un veinticinco por ciento (25%) del valor del ítem que correspondiera conjuntamente con las remuneraciones del mes de febrero de 2008; 2) Un cincuenta por ciento (50%) del valor del ítem que correspondiera conjuntamente con las remuneraciones del mes de abril de 2008;

3) Un setenta y cinco por ciento (75%) del valor del ítem que correspondiera conjuntamente con las remuneraciones del mes de mayo de 2008 y 4) El cien por ciento (100%), del valor del ítem que correspondiera conjuntamente con las remuneraciones del mes de junio de 2008.

CUARTA) Lo acordado en el ítem 4.1.13 bis no excluirá los mejores derechos que pudieran surgir de acuerdos colectivos de diferente nivel.

En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados al inicio.

MINISTERIO DE...

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