Disposición 5 - E. Digesto de Normas Técnico-Registrales. Modificación.

Fecha de disposición11 Enero 2017
Fecha de publicación11 Enero 2017
SecciónDisposiciones

Disposición 5 - E/2017

Digesto de Normas Técnico-Registrales. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 06/01/2017

VISTO el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Título II, Capítulo IV, Sección 1ª, y

CONSIDERANDO:

Que la normativa citada en el Visto regula lo atinente al trámite de "Comunicación de tradición del automotor".

Que el artículo 6° de la norma que nos ocupa establece que "(\u2026) Transcurridos TREINTA (30) días hábiles contados desde la notificación a la que se refiere el artículo anterior, el Registro Seccional dispondrá la prohibición de circular y el secuestro del automotor (\u2026)".

Que en muchas oportunidades quien efectuó la comunicación de venta se encuentra involucrado en reclamos vinculados con el impuesto a la radicación o infracciones de tránsito o de cualquier otra índole respecto de un automotor del que se ha desprendido, sobre el cual efectuó la comunicación de venta y que presumía registrado a nombre de un tercero.

Que, en ese marco, deviene oportuno anoticiar al titular registral respecto de las consecuencias fácticas y jurídicas que devienen del acto inscripto.

Que, en ese sentido, resulta necesario informarle si se dispuso la prohibición de circular y el pedido de secuestro del rodado objeto de la Denuncia de Venta, así como si operó el levantamiento de la misma.

Que, en la actualidad, los avances tecnológicos llevados a los sistemas operativos que utilizan los distintos Registros Seccionales que dependen de este organismo permiten practicar esas comunicaciones de manera automática y sistémica, sin costo operativo alguno para la sede registral.

Que esa medida redundará en un servicio de suma utilidad para el usuario.

Que el Departamento Servicios Informáticos de esta Dirección puso en marcha una actualización del Sistema Único de Registración de Automotores (SURA), que le incorporó nuevas funcionalidades.

Que, en efecto, se incluyó la funcionalidad que permite el envío de un correo electrónico al titular registral que realizó una Denuncia de Venta, de manera automática y en el mismo momento en que se decreta la prohibición de circular del rodado y su pedido de secuestro.

Que, además, se ha preparado un aplicativo para que, cuando estén dadas las condiciones técnicas, similar procedimiento se aplique ante el levantamiento de la prohibición de...

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