Disposición 3826.

Fecha de disposición26 Abril 2017
Fecha de publicación26 Abril 2017
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónDisposiciones

MINISTERIO DE SALUD

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 3826/2017

Buenos Aires, 24/04/2017

VISTO la Ley 18.284, el Decreto N° 1490/92, Decreto N° 1271/2013, la Resolución SPReI Nº 241/11, la Disposición ANMAT N° 3714/13 y el Expediente Nº 1-47-2110-3438-16-1 del Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y la normativa vigente en la materia, el control de los alimentos en la República Argentina se funda en la articulación entre los organismos sanitarios del nivel nacional, provincial y por su intermedio, municipal.

Que el eje clave de esta articulación reside en la construcción de consensos a nivel federal entre los integrantes del sistema de control de alimentos, a fin de fortalecer la gestión y optimizar el uso de los medios abocados a dicha tarea.

Que la Ley 18.284 establece que el Código Alimentario Argentino y sus disposiciones reglamentarias se aplicarán y harán cumplir por las autoridades sanitarias nacionales, provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en sus respectivas jurisdicciones, pudiendo la autoridad sanitaria nacional concurrir para hacer cumplir dichas normas en cualquier parte del país, de acuerdo al artículo 2º de la citada normativa.

Que el Programa Federal de Control de los Alimentos (PFCA), creado mediante la Resolución Nº 241/2011 de la Secretaría de...

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