Disposición 35/2015

Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2015



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 35/2015Bs. As., 2/3/2015

VISTO el Expediente N° 558.460/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2214 del 18 de noviembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 15 del Expediente N° 558.460/14, obran las escalas salariales pactadas entre la SOCIEDAD DE OBREROS PANADEROS por la parte sindical, y la ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES PANADEROS Y AFINES DE ROSARIO, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 615/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 2214/14 y registrado bajo el N° 1769/14, conforme surge de fojas 89/91 y 94, respectivamente.

Que dicho acuerdo fue ratificado a fojas 54 por la FEDERACIÓN ARGENTINA UNIÓN PERSONAL PANADERÍAS Y AFINES y a fojas 55 por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL PAN Y AFINES.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 103/107, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL

DE REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°

— Fíjase el importe promedio...

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